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Una justicia maquillada es peor que la misma injusticia. Columna de la Abogada Gloria Yaneth Vélez Pérez. Twitter @JuridicaAsesora

9/25/2021

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Una justicia maquillada es peor que la misma injusticia
 
Por:  Abogada Gloria Yaneth Vélez Pérez
​Twitter @JuridicaAsesora

Con fecha 20 de septiembre de 2021, varios medios de comunicación hicieron público que la Judicatura de Colombia “celebró millonario contrato para ser reconocida por “decisiones justas”” y el contratista es el periodista Jhon Portela que pactó la prestación de sus servicios por 175 millones de pesos para cumplir con el siguiente objeto contractual: “en un periodo de siete meses, el Periodista Portela debe realizar una asesoría especializada con el fin de que la rama judicial sea reconocida por sus decisiones justas y deberá dirigir su estrategia para que la Rama Judicial sea reconocida a nivel nacional e internacional por su contribución a la sociedad, mediante la celeridad en el desarrollo de los procesos judiciales, con decisiones justas y equitativas.” Como fuente específica de esta noticia se tiene a la WRADIO[1] que dio cuenta de ella en su sitio web. Este mismo medio de comunicación agregó en la nota las 20 obligaciones específicas que deberá cumplir el Comunicador Portela para poder ejecutar cabalmente el objeto contractual. Dichas obligaciones son:
 

“Obligaciones específicas:
​
  1. Coadyuvar el diseño de la estrategia de comunicaciones que permita a través de la Planeación estratégica generar el conjunto integrado de opciones e iniciativas coherentes, posicionando colectivamente a la Nación – Consejo Superior de la Judicatura, para crear una ventaja sostenible en relación con su misión y visión institucional.
  2. Reestructurar y planear el desarrollo y ejecución de las actividades de comunicación que adelante la Nación - Consejo Superior de la Judicatura con fundamento en los objetivos y lineamientos que se determinen y generar el relacionamiento con los diferentes grupos de interés o stake-holders.
  3. Hacer seguimiento de los planes, programas y actividades que se desarrollen a partir de la estratégica diseñada, para lo cual debe coadyuvar en la generación de los insumos necesarios que permitan a la entidad establecer indicadores de gestión para medir el grado de difusión de la gestión y de impacto en términos de efectividad y eficacia, cobertura y participación, a través de los medios de comunicación y su incidencia en la percepción ciudadana sobre la actividad de la corporación.
  4. Apoyar y acompañar el desarrollo de la estrategia de comunicaciones frente a los medios de comunicación y otros de impacto en las diferentes regiones del país, en caso de que se requiera, así como también, en el desarrollo del concepto de imagen institucional y asesorar la definición de una línea oficial de comunicación de la Nación - Consejo Superior de la Judicatura.
  5. Apoyar la coordinación entre los distintos Grupos de trabajo y la Oficina de Comunicaciones, potenciar las especialidades y habilidades de cada uno de sus integrantes para cumplir los objetivos de comunicación frente a las audiencias internas y externas.
  6. Apoyar la implementación del Plan Estratégico de Comunicaciones con los distintos medios de comunicación y las diferentes acciones que se definan para el manejo de redes sociales.
  7. Mantenerse actualizado con la agenda informativa nacional, proponer, asesorar e implementar estrategias, acciones, mensajes, instrumentos de comunicación para coyunturas imprevistas, crisis, situaciones mediáticas o de coyuntura que afecten a la Rama Judicial.
  8. Crear oportunidades mediáticas para que los programas, proyectos y acciones de la Nación - Consejo Superior de la Judicatura sean incluidos en la agenda de los medios de comunicación.
  9. Responder a los requerimientos informativos de los medios de comunicación y los líderes de opinión y facilitar su acceso a las fuentes de información de la Nación - Consejo Superior de la Judicatura.
  10. Apoyar en el monitoreo, redacción y abastecimiento de contenidos noticiosos, informativos y comunicacionales, con destino a medios Nacionales y Regionales, al Portal de la Rama Judicial, redes sociales y demás fuentes informativas, de acuerdo con las tendencias de coyuntura y con los objetivos estratégicos del Consejo Superior de la Judicatura.
  11. Elaborar reportes de tendencias, actividad y penetración de los mensajes de las cuentas institucionales y recomendar, con base en análisis de datos, estrategias para llegar a los grupos objetivo y mejorar el desempeño de las cuentas.
  12. Recomendar pautas publicitarias en redes sociales y producir material para potenciar los mensajes institucionales que se difundan.
  13. Facilitar la transmisión de información con gran componente técnico o jurídico, en un lenguaje de fácil comprensión para el público.
  14. Proponer, programar y asesorar reuniones con líderes de opinión, acciones de relaciones públicas, campañas publicitarias u otros mecanismos de relacionamiento, a partir de las prioridades institucionales.
  15. Apoyar a la Nación - Consejo Superior de la Judicatura en la relación y/o enlace con las empresas y entidades del sector público y privado que adelantan temas de interés para el Consejo Superior de la Judicatura con el fin de contar con una acertada y necesaria comunicación estratégica para la divulgación de la política y acciones de la Rama Judicial.
  16. Apoyar y asesorar en la conceptualización y cubrimiento periodístico de los eventos relacionados con las líneas estratégicas, en los cuales participa la Nación - Consejo Superior de la Judicatura.
  17. Identificar cambios o resistencias al proceso de modernización institucional y transformación digital y apoyar la implementación de acciones comunicacionales dirigidas a vincular, generar respaldo, reducir resistencias y generar un ambiente favorable a la implementación del proceso entre todos los niveles institucional, político, social y de opinión pública.
  18. Apoyar y asistir cuando sea el caso, el ejercicio de la vocería oficial institucional, en el nivel central y seccional, para comunicar eficaz y estratégicamente bajo una misma narrativa, los mensajes cotidianos y requerimientos informativos en relación con el proceso de modernización institucional y transformación digital, teniendo en cuenta el tipo de audiencia o interlocutor, el formato, escenario o evento de interacción, desde un enfoque integrador y teniendo en cuenta las visiones nacional y territorial.
  19. Asesorar las producciones audiovisuales o campañas publicitarias que, eventualmente, se encarguen a empresas externas.
  20. Apoyar en las políticas de organización, mantenimiento y disposición del archivo gráfico institucional.”[2]
 
Alto revuelo y sorpresa ha causado este contrato y con justa razón, porque el hecho de encargarle a un Periodista la tarea de ‘realizar una asesoría especializada con el fin de que la rama judicial sea reconocida por sus decisiones justas y que dicha estrategia la dirija para que la Rama Judicial sea reconocida a nivel nacional e internacional por su contribución a la sociedad, mediante la celeridad en el desarrollo de los procesos judiciales, con decisiones justas y equitativas’ crea un gran sin sabor en relación con lo que es la expectativa de justicia que una sociedad tiene confiada en sus jueces y que espera sentir por la decisión misma y no por la propaganda, mercadeo, cuña publicitaria, promoción o maquillaje audiovisual para cumplir por ejemplo con la obligación 17 que le implica al contratista “Identificar cambios o resistencias al proceso de modernización institucional y transformación digital y apoyar la implementación de acciones comunicacionales dirigidas a vincular, generar respaldo, reducir resistencias y generar un ambiente favorable a la implementación del proceso entre todos los niveles institucional, político, social y de opinión pública.” ¿Cómo puede ser reconocida la judicatura por decisiones justas, si acude a una estrategia periodística para vencer la resistencia en las personas y lograr aceptación a partir de un manejo de la comunicación? Particularmente, en el alcance de las obligaciones del Periodista, la 17 por ejemplo, no hallo nada que pueda ser útil para reconocer a la Judicatura por las decisiones justas, de hecho, considero que la Administración de Justicia que busca Periodistas para ayudarse a verse bien, hace que la justicia misma se cuestione y no que se posicione.
 
Los jueces en pleno deberían oponerse al contrato celebrado para hacer publicidad a la judicatura y mostrarla como justa, porque el real deber está en procurar justicia y lograrla sin tribunas (espectáculo), pero, eso sí, con tribunales (lugar destinado a los jueces para administrar justicia y dictar sentencias[3]) aunque se queden en el anonimato, ya que de contarle al mundo sobre la justeza se ocupará el que justicia recibió.
 
Montesquieu dijo que "Una cosa no es justa por el hecho de ser ley, sino que debe ser Ley por el hecho de ser justa" y este apotegma con un poco de adaptación permite manifestar, en el contexto de lo que se analiza, que una decisión de la judicatura no es justa por el hecho de ser una decisión de la judicatura y menos por promocionarla como tal. Debe ser una decisión de la judicatura justa por el hecho de haber sido el producto de un proceso debido, con hechos claros y no opiniones y con pruebas válidas, conducentes, pertinentes y útiles, pero valoradas conforme a las reglas de la sana crítica, todo lo cual se plasme en una sentencia motivada. Igualmente, su administración será justa, no porque venza la resistencia, sino porque haga lo que corresponde para procurar el acceso a la justicia, porque la sociedad no quiere oír que las decisiones fueron justas, toda vez que lo que las personas quieren es sentir que la decisión fue justa, aunque no haya sido en su favor.
 
La imagen de la judicatura debe ser cuidada porque hace parte de una de las grandes conquistas de la revolución americana y la revolución francesa. Jhon Locke y Montesquieu bien plantearon la división del poder, muy propia de los Estados liberales, y ello implica reconocer el valor del poder judicial, ese poder que tiene a cargo administrar y dispensar justicia y es por tal poder que se logra que la sociedad no se vea afectada por el absolutismo dejado atrás, por las dictaduras y totalitarismos y por los abusos del poder tanto en lo público, como en lo privado. Pero cuidar la imagen de la judicatura no es tarea de los periodistas, porque valorar si una decisión fue justa no es propio de ese campo del conocimiento, sino de los jueces que obran como en derecho corresponde. Si la judicatura acude al maquillaje el mensaje que mandará será el de los “sepulcros blanqueados” y no el de “aún hay jueces en Berlín”. 
 
Por lo expuesto, se expresa con respecto al inapropiado contrato un no retundo a una judicatura retocada con vericuetos periodísticos para mostrarle al público la justeza en sus decisiones. Los discursos elaborados para contarle a otro que hay decisiones justas, son como esa capa de maquillaje que se hace necesario aplicar para ocultar las imperfecciones, o los filtros que se le ponen a las selfis, esos de nivel de belleza 10, cuando lo cierto es que ignorar las imperfecciones no las elimina. y como ningún maquillaje, retoque o filtro, elimina las imperfecciones, en esa lógica, ninguna agrupación de sentencias o decisiones de la judicatura clasificadas como las más justas y la publicidad que de ellas se haga con estrategias publicitarias las convertirán en justas, si en el fondo… no lo fueron.

 
Referencias:

[1] COLOMBIA. WRADIO.  Judicatura celebra millonario contrato para ser reconocida por “decisiones justas” https://www.wradio.com.co/noticias/judicial/judicatura-celebra-millonario-contrato-para-ser-reconocida-por-decisiones-justas/20210920/nota/4165938.aspx

[2] Ibidem

[3] Real Academia de la Lengua Española.  https://dle.rae.es/tribunal
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Colombia con un Ministro de Justicia y del Derecho al que no le gusta el Derecho. Columna de la Abogada Gloria Yaneth Vélez Pérez

9/19/2021

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Colombia con un Ministro de Justicia y del Derecho al que no le gusta el Derecho
​

Por:  Abogada Gloria Yaneth Vélez Pérez

Como parte de la organización del Estado colombiano se encuentra la rama ejecutiva del poder público, de la cual hacen parte los Ministros y los Directores de los Departamentos Administrativos.

Para ocupar esos cargos no es mucho lo que se exige por cuanto la Constitución Política de 1991 indica en el Artículo 207 que: “ARTÍCULO 207. Para ser ministro o director de departamento administrativo se requieren las mismas calidades que para ser representante a la Cámara.” Y para ser Representante a la Cámara, en el Artículo 177 se dice que: ARTÍCULO 177. Para ser elegido representante se requiere ser ciudadano en ejercicio y tener más de veinticinco años de edad en la fecha de la elección.”

Tan pocas exigencias dejan claro el por qué Colombia ha contado y cuenta con Ministros y Directores de Departamentos Administrativos que han hecho lo que han hecho o no han hecho lo que debería hacerse o por qué hacen lo que hacen y lo hacen tan mal hecho. 

Y aunque ser Ministro o Director de Departamento Administrativo no es cualquier cosa porque conforme a lo establecido en el Artículo 8 también constitucional se precisa que: “ARTÍCULO 208. Los ministros y los directores de departamentos administrativos son los jefes de la administración en su respectiva dependencia. Bajo la dirección del Presidente de la República, les corresponde formular las políticas atinentes a su despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley…” lo cierto es que lo que encontramos es a Ministros como el de Justicia y del Derecho que en lugar de promover que se ejecute la ley, invita a los Jueces y Fiscales a que no se apeguen a ella, tal y como bien se deduce de sus palabras hechas públicas por el medio periodístico Bluradio en nota del 16 de septiembre de 2021 y que es del siguiente tenor:

“Ante los frecuentes casos de delincuentes reincidentes en su accionar, en especial atracadores, el ministro de Justicia, Wilson Ruiz, hizo un llamado este jueves desde Barranquilla a jueces y fiscales del país a que sancionen a estas personas, privándolas de la libertad.

"Los jueces y fiscales de nuestro país no pueden ser tan exegéticos ni pegados a la norma, si hay elementos suficientes para privarlos de la libertad, actúen, porque tenemos los cupos para poder encarcelar a estas personas", dijo el ministro.

Ruiz aseguró que el hacinamiento en el país es del 16%, uno de los más bajos de los últimos años, y se están abriendo más cupos en las cárceles.”[1]

No niego que no controvierto el hecho de que la delincuencia común va en aumento y ello es algo que a todos nos perturba y nos causa angustia, sobre todo cuando somos las víctimas directas y a quién no le ha pasado. Ese es un flagelo que se padece en todos los países, aunque es claro que lo sufren unos países más que otros, porque la pobreza y la miseria no le dejan a algunos una opción diferente a “salir a atracar” a los otros para obtener sus bienes y con ellos satisfacer sus males, que realmente son necesidades y cuando afirmo esto no estoy justificando los asaltos a mano armada, el raponazo, el cosquilleo, el fleteo, el campaneo y demás formas de quitarle a los otros sus pertenencias, porque es claro que estos actos merecen reproche y sanción jurídica para quiénes los llevan a cabo y reinciden.

No obstante, el hecho de que los que cometen actos delincuenciales requieran ser judicializados, no justifica que un Ministro de Justicia y del Derecho promueva, invite e incentive y sin sonrojarse, ni avergonzarse, que Jueces y Fiscales no se apeguen a la norma, porque tal pretensión pone en vilo el objeto del Ministerio que le ha sido confiado y cuyo objetivo principal conforme a sus competencias es “formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la política pública en materia de ordenamiento jurídico, defensa y seguridad jurídica, acceso a la justicia formal y alternativa, lucha contra la criminalidad, mecanismos judiciales transicionales, prevención y control del delito, asuntos carcelarios y penitenciarios, promoción de la cultura de la legalidad, la concordia y el respeto a los derechos, la cual se desarrollará a través de la institucionalidad que comprende el Sector Administrativo.

El Ministerio de Justicia y del Derecho coordinará las relaciones entre la Rama Ejecutiva, la Rama Judicial, el Ministerio Público, los organismos de control y demás entidades públicas y privadas, para el desarrollo y consolidación de la política pública en materia de justicia y del derecho.”[2]

Sin duda, un Ministro de Justicia y del Derecho al que no le sirve o gusta el derecho y que invita a no tenerlo en cuenta, lo que hace es promover las vías de hecho, la ley del talión, la violación al debido proceso, el desconocimiento del sistema penal, que no se avance en una adecuada política criminal, ni en la solución de las problemáticas sociales que sirven de causa a la delincuencia común, ni que se promueva la resocialización propia de los fines de la pena. En fin… un Ministro de Justicia y del Derecho al que no le sirve el derecho sino el aumento de los cupos carcelarios para albergar a los delincuentes, deja claro que en sus prioridades no está resocializar, ni prevenir y ello es una forma de deshonrar la función pública encomendada en un Estado Social y Democrático de Derecho.
 

Referencias:

[1] https://www.bluradio.com/blu360/caribe/ministerio-de-justicia-pide-a-jueces-no-estar-pegados-a-la-norma-y-encarcelar-a-reincidentes

[2] COLOMBIA. MINISTERIO DE JUSTICIAL Y DEL DERECHO. https://www.minjusticia.gov.co/ministerio-co/nuestra-entidad/funciones-del-ministerio
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¿Vivos en medio de tantos muertos? Columna de la Abogada Gloria Yaneth Vélez Pérez @JuridicaAsesora

9/11/2021

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¿Vivos en medio de tantos muertos?
 
Por: Abogada Gloria Yaneth Vélez Pérez

No son pocos los años en los que relacionamos la frase “vivos en medio de tantos muertos” con la canción de Víctor Heredia titulada razón de vivir. En ella, éste cantautor nos deleita, no solo con su voz, sino con esas increíbles estrofas entre las que están:
“…Para continuar caminando al sol por estos desiertos
​
Para recalcar que estoy vivo en medio de tantos muertos
Para decidir
Para continuar
Para recalcar y considerar
Solo me hace falta que estés aquí con tus ojos claros
 
¡Ay!, fogata de amor y guía
Razón de vivir mi vida
¡Ay!, fogata de amor y guía
Razón de vivir mi vida”
​No obstante, esta columna no se pregunta por ese anhelo y esperanza del cantautor mencionado, sino que a lo que quiero aludir es a esos otros “vivos” a esos “vivos” que viven no solo de los bobos, sino de los muertos. Esos que aprovecharon la pandemia para incrementar sus capitales y no responder por lo que les fue confiado como es el caso de los 70 mil millones que se perdieron en el Ministerio TIC por la absoluta negligencia de todos los que allá tuvieron que ver con el proceso de selección del contratista y de verificación de las pólizas, pero también con la amortización del anticipo mal manejado por el contrato “de un billón de pesos que fue adjudicado a la Unión Temporal Centros Poblados con el fin de instalar internet a colegios públicos de zonas rurales” y cuyos recursos terminaron en un paraíso fiscal.
 
¡Qué viveza! será la exclamación de muchos, pero infortunadamente no es esa viveza que se define técnicamente como “el que está lleno de vida, de energía y de pasión o que se mueve rápidamente para reaccionar a un ataque” sino esa “viveza” que en el argot popular se traduce como astuto, sagaz, estafador, es decir,  avivato que es el que saca provecho personal a partir del engaño a otras personas.
 
También, hipotéticamente hablando, están esos vivos que programan citas de vacunación a personas que ya fallecieron y las están reportando en los listados como vivas, cuando los “vivos” son ellos. Se le suman los que destruyen lo que está bueno para luego arreglarlo rápidamente mediante la urgencia manifiesta para pasar por alto todo procedimiento democrático de selección de contratistas o que modifican el objeto de las instituciones públicas para que de la noche a la mañana sean aptas para hacer lo que a los vivos se les ocurra.
 
En lo privado, mucho vivo aprovechado de los otros como son los falsos pastores y falsas pastoras, los falsos y falsas profetas vividores de la fe, que en público tienen como fachada proclamar la palabra cristiana y en privado recaudan fondos para sustentar sus lujos, viajes y comodidades, mientras “sus contribuyentes” deben vivir con absoluta austeridad. Pero también están los que al ver un muerto se “avivan” con el fin de quedarse con los bienes que son de los herederos legitimarios. 
 
Y si estos son, hipotéticamente, algunos vivos, ¿cuáles son los muertos?
 
Para lo que reflexiono en esta columna no entenderé como muerto a aquellos que han perdido la vida por causas naturales y riesgos inevitables que se materializaron, sino que menciono como muertos: 
 
  • Aquellos que nunca recibieron un tratamiento o medicamento oportuno por la ambición de los “vivos” de algunas EPS.
 
  • Muertos para la academia por no contar con el internet oportunamente para acceder a ella virtualmente.
 
  • Muertos para otros lugares geográficos por no tener transporte público apto o puentes habilitados.
 
  • Muertos en vida por un sistema penitenciario que no resocializa pero que sí se gasta el presupuesto.
 
  • Muertos por la contaminación del ambiente sano, porque muchos “vivos” han cambiado árboles, arbustos, fauna y muchas otras formas de flora, por cemento y vagones contaminadores con su nefasto combustible.
 
  • Muertos para la administración pública que se tecnificó y automatizó, sin resolver la tecnificación de los usuarios a los cuáles se debe.
 
  • Muertos para la administración de justicia que no se ha tecnificado, ni automatizado para que, al menos los usuarios que ya lo están, accedan a ella.
 
La lista de muertos en medio y por culpa de tantos “vivos” es larga y el lector podrá complementarla.
 
Sin duda, pensar en “vivos en medio de tantos muertos” lleva también a considerar que estamos al frente de una sociedad holgazana que defino como esa que tiene desprecio por el trabajo y está llena de amor a lo gratis, a la vida fácil y al deseo de tenerlo todo, sin hacer absolutamente nada.  Esa que cree merecerlo todo y que no se supera, que toda exigencia la considera un maltrato y que cualquier trabajo por mínimo que sea le queda grande, pero que de todas formas cobra.
 
Finalizo con la pregunta que gobierna esta columna: ¿vivos en medio de tantos muertos? Hechos y no opiniones parecen indicar que cada muerto tiene un vivo detrás que le ha tomado la delantera.
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Reformas chatarra. Columna de la Abogada Gloria Yaneth Vélez Pérez @JuridicaAsesora

9/4/2021

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Reformas chatarra
 
Por:  Abogada Gloria Yaneth Vélez Pérez

En reciente columna que titulé “Legislaturas para lo inútil y no para lo necesario” manifesté que “encontramos que las manías, mañas y artimañas para legislar, reglamentar y dejar de hacerlo cuando a algunos les conviene, no han cambiado.  Y se afirma que no han cambiado porque lo que se está recibiendo como gestión legislativa del Congreso de la República son productos chatarra, esos que parecen saber muy bien, pero que sientan muy mal, tal es el caso de la prisión perpetua en delitos sexuales contra menores” y que es un tema que abrió la discusión sobre si era necesario mover todo un aparato legislativo, con lo costoso que es, para darle vida a una pena abiertamente inconstitucional, pero promovida con fines populistas y políticos y bajo la consigna de querer el bien para los menores víctimas de los delitos sexuales, como si un discurso falaz es lo que la sociedad necesita para darle a los menores el estatus, categoría, consideración y la protección que necesitan.
 
La prisión perpetua orgullosamente promovida por la mayoría parlamentaria y que fuese aprobada mediante el Acto Legislativo 01 de 2020, por medio del cual se modificó el artículo 34 de la Constitución Política, luego materializada en la Ley 2081 del 3 de febrero de 2021 por medio de la cual se declaró imprescriptible la acción penal en caso de delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, cometidos a menores de 18 años, fue oportunamente criticada por reputados juristas que saben que es con una adecuada política criminal como se combate la criminalidad, no obstante, los oídos politiqueros siempre son sordos y por eso la gestión de quiénes así los tienen, lo que lleva es a lograr reformas chatarra, esto es, inservibles, inútiles y que poco le aportan a restablecer el tejido social y a procurar que se cumplan los fines del Estado y en materia punitiva los fines de la pena. 
 
Que “la prisión perpetua” era inconstitucional, bien lo sabíamos y sabemos todos los que estudiamos el derecho y así también lo manifestamos y argumentamos en el tiempo debido. Particularmente indiqué, a propósito de la Ley 2081 que, itero, declaró imprescriptible la acción penal en caso de delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, cometidos a menores de 18 años, que “esta modificación al Código Penal presentada como una Ley salvadora, protectora de bienes jurídicos tutelados y reivindicadora de derechos, bajo la creencia de que hacer que los delitos en contra de menores no prescriban en 20 años, sino que no prescriban, hará que se pueda garantizar la justicia que los menores abusados merecen, es una falacia y lo es porque lo que antes tenía y se trataba con prioridad, ahora puede esperar, porque ante tanta carga laboral con delitos que no son imprescriptibles ¿para qué atender aquellos inmortalizados? Y también agregué que “Definitivamente la imprescriptibilidad de la acción penal en delitos contra menores, es equivalente a más tiempo para abusar de ellos.” Pero y es claro, que marginar a personas con prisiones perpetuas es sepultarlas vivas y privarlas del empeño de enmendar y resocializarse.
 
Desde estos dos ángulos, el tema de la prisión perpetua y la imprescriptibilidad de la acción penal en relación con el tipo de delitos mencionados, ha logrado, como debe ser, un análisis de constitucionalidad por la Corte Constitucional que en comunicado número 33 de septiembre 2 de 2021 anunció que declaraba inexequible el acto legislativo 1 de 2020 por medio del cual se modifica el artículo 34 de la Constitución Política, suprimiendo la prohibición de la pena de prisión perpetua y estableciendo la prisión perpetua revisable. De forma concreta la Corte Constitucional manifestó, entre otros, que:
 
“La Sala Plena corroboró que el Estado Social y Democrático de Derecho fundado en la dignidad humana es el eje definitorio de la Constitución. Con fundamento en este eje definitorio se estableció que el derecho a la resocialización de la persona condenada es el fin primordial de la pena de prisión acorde con el principio de la dignidad humana, pues solo si se reconoce que la persona condenada puede retomar su vida en sociedad, se comprende que es posible la modificación de su conducta y el desarrollo de su autonomía y su libre determinación. Conforme a lo anterior, la pena de prisión perpetua sin posibilidad de revisión puede constituir una pena cruel, inhumana y degradante, prohibida por los instrumentos internacionales, toda vez que se anula la esperanza razonable y efectiva de salir de la prisión y se margina al individuo de la sociedad…
 
La Corte encontró que acoger ahora una sanción como la prisión perpetua configura un retroceso en materia de humanización de las penas, en la política criminal y en la garantía de resocialización de las personas condenadas. Concluyó que el Congreso de la República transgredió su poder de reforma al incluir la pena de prisión perpetua revisable en el Artículo 34 de la Constitución, pues afectó un eje definitorio de la carta como lo es el Estado social y democrático de derecho fundado en la dignidad humana y, en consecuencia, sustituyó la Constitución.”
 
En ese orden de ideas, evidente es que lo que se está obteniendo de la gestión parlamentaria son reformas chatarra, dañinas para el sistema jurídico y estériles para seguir edificando el Estado social y democrático de derecho.
 
La decisión de la Corte Constitucional ha causado revuelo politiquero, no obstante, el reproche no debe ser para los Magistrados de la Corte Constitucional porque lo que han hecho es recordar el compromiso de edificar una mejor sociedad, sino que el reproche es para los políticos populistas que en lugar de emprender una gestión para materializar el Estado Social y democrático de Derecho, se dedican a elevar su popularidad con reformas chatarra que elaboran y promueven a partir de discursos falaces con los que prometen, erradamente, que es mediante las penas eternas como los menores serán protegidos, dejando de lado la formación, la educación y la cultura que son las que deben ser permeadas para superar abusos y el modelo del castigo, la venganza, la exclusión y la muerte en vida de personas que tienen derecho a una resocialización. 
 
Recordemos que un mal político es como los malos pastores mercaderes de la fe que no quieren el bien de nadie, sino el bien para sí mismos a costa de esas personas a las que ilusionan y les venden fantasías que en nada mejoran el Estado (cuando se trata de política) o el espíritu (en tratándose de lo trascendente y los asuntos del alma). En ese sentido, como sociedad debemos obrar de consuno para exigir una gestión parlamentaria libre de reformas chatarra y en su lugar, más preocupada y ocupada por lo que verdaderamente construya, restablezca y mejore. 


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    ISSN 2256-5051

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    Gloria Yaneth Vélez Pérez Abogada, Especialista en Derecho Público, Especialista en Pruebas, Especialista en Derecho Procesal Penal, Máster en Criminología y Criminalística, Magíster en Derecho Procesal Contemporáneo, Candidata a Doctora en Derecho

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