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Columnista
3 de agosto de 2012
El proyecto de las Indias pensado de otra manera
Abogada Cathalina Sánchez
En un día como hoy, un viernes 3 de Agosto de 1492, Cristóbal Colón parte de Palos de Moguer con la idea de alcanzar las Indias por el Sur. El resto de la historia lo conocemos de memoria.
Si repensamos la historia de otra manera…
¿Cómo hubiesen sido las cosas si el Rey Juan II de Portugal hubiese aprobado el proyecto de Colón y hubiese financiado su exploración? Una respuesta a la ligera nos puede hacer decir que todos los (actuales) latinoamericanos seríamos brasileros. Pero las cosas no son tan simples. Plantearse hipótesis divergentes de la historia, nos permite concebir de otra manera y comprender el desarrollo que han tenido nuestras Instituciones.
A partir de 1470, el proyecto de alcanzar las Indias por el Sur, se impone gradualmente a la simple exploración de la costa africana. Para Colón, el más grande marino de todos los tiempos, la prolongación lógica de la obra africana de Portugal es evidente: la construcción, vía el Atlántico (vía América), de la carrera de las Indias.
Testigo de las aspiraciones científicas y religiosas de finales del Siglo XV, formado en Génova y sobre todo en Portugal, en donde se establece en
1477 (Lisboa); incitado por su esposa, Filipa Moniz Perestello, a la colonización de las islas atlánticas en Puerto Santo (Madeira), Colón realiza su
obra en la Niebla, la más portuguesa de las Andalucías. Se reúnen así en un solo hombre, los tres elementos geográficos más importantes de Europa en la época de los Descubrimientos: Génova, ciudad que más contribuyó al dominio italiano de la técnica de la navegación. Portugal, a la punta de la revolución científica y tecnológica, allí madura su proyecto occidental de llegar a China por el Oeste. España, recibe el apoyo de la Corona de Castilla.
En 1485, el Rey Juan II de Portugal, siguiendo los consejos de sus expertos, se niega a patrocinar el proyecto de Colón, pues éstos consideraban que la distancia entre Asia y Europa, era más grande que lo que pretendía Colón, lo que hacía que el viaje fuera una aventura muy arriesgada por la dificultad de aprovisionamiento y los peligros del mar. Colón, completamente decepcionado y ofendido, deja Portugal, su segunda patria, y parte a España.
Se siguen seis años de lucha. Después que todas las puertas se cerraron, las de Portugal (para quien la hora de la utopía había pasado), las de Francia e Inglaterra (para quienes no había llegado todavía la hora); la caída de Granada (2 de Enero de 1492), asegura a Colón el apoyo de la Corona de Castilla. Los hechos que se siguen, son conocidos.
Pero sí el Comité de Expertos del Rey Juan II (matemáticos en su gran mayoría), hubiera encontrado coherentes y acertados los cálculos de Colón y hubieran dado el visto bueno, ¿todo hubiera sido diferente? Los efectos jurídico-diplomáticos de la Bula Inter Cœtera, que favorecían a España en detrimento de las promesas hechas a Portugal en la bula Aeterna Regis (1481), ¿serían los mismos que conocemos? ¿Hubiera existido el Tratado de Tordesillas, Primer tratado moderno de la historia europea, según Menéndez Pidal, y sus posteriores juntas? Pudiéramos pensar que no hubiera sido necesario un tal tratado y que la hegemonía española en materia de descubrimientos y posesiones ultramarinas no hubiera sido tal.
Tal vez la violencia y la crueldad del descubrimiento y posterior conquista hubieran sido las mismas, pues la fiebre por el oro estaba presente en todos los hombres de la época, aspecto común en la empresa colonizadora. ¿O esta violencia estaba inscrita en la violencia de la partida? Recordemos que la salida de Colón de Palos de Moguer, fue el mismo día, la fecha límite que tenían los judíos para salir de España y esta situación generó una euforia y una tensión indescriptibles, que pudo haber sido contagiada a los marinos de la expedición.
Lo que podemos afirmar es que la administración de los nuevos territorios, sí pudo presentarse de una manera diferente, dadas las condiciones sociales, políticas y económicas de Portugal en esa época. Del mismo modo que nuestras instituciones coloniales, antecedentes primarios de nuestras actuales instituciones, hubieran tenido una forma y funcionamiento diferente.
Figuras como el alcalde mayor y los encomenderos serían conceptos teóricos para nosotros y no el originen de algunas instituciones que todavía perviven. El Real y Supremo Consejo de Indias no tendría razón para existir y la Real Audiencia, no sería el antecedente de nuestra Corte Suprema de Justicia.
Lo que cambia verdaderamente la concepción de este Tribunal, la estructura, el funcionamiento y la función que históricamente le hemos atribuido dentro de la administración de justicia en Colombia.
Podríamos también cuestionarnos sobre el papel de De las Casas. ¿Lo conoceríamos? Si los nuevos territorios hubieran sido descubiertos y colonizados por los portugueses, ¿se hubiera implicado tanto en la causa de los indígenas y sus aportes serían tan importantes dentro de la teoría del derecho internacional moderno? Posiblemente sus obras: “Historia de las Indias” y “Brevísima relación de la destrucción de las Indias”
nunca se habrían escrito. La Junta de Valladolid no se habría llevado a cabo, lo que traería grandes repercusiones en el Derecho de Gentes, como lo conocemos hoy en día. Sin olvidar que el cuerpo normativo, base de nuestra legislación colonial e influencia de la legislación republicana: Las Nuevas Leyes de Indias, tampoco hubiera existido…
Podemos seguir mencionando ejemplos como los virreyes y su función en las colonias americanas; las consecuencias para éstas de tener un “rey ausente” y el hecho de que, a principios del Siglo XIX, en las Colonias Españolas se empezaba a engendrar el movimiento independentista, mientras que en Brasil, la Monarquía portuguesa instalaba su gobierno.
No se trata de hacer aquí todo un ensayo hipotético de cómo hubiera sido la historia. Plantearse todas estas hipótesis no va a cambiar el curso de nuestra historia, pero puede lanzar el debate que permita pensar la evolución jurídico-política e institucional de otra manera. Es un ejercicio para entender los presupuestos que dieron origen a nuestras leyes e instituciones actuales y sobre todo, para dejar de creer que las cosas son así, simplemente porque sí y comprender el telón de fondo de la historia de nuestras ideas e instituciones políticas.
Tal vez Colón se equivocó en sus cálculos cuando los presentó al Comité de Expertos del Rey de Portugal, tal vez mintió. ¡A quién le importa! Si él no hubiera mentido, ni se hubiera mentido, ¿se hubiera atrevido a navegar tan lejos al oeste? A pesar de sus errores teóricos, sobre los cuales se fundaba su proyecto, la práctica dio la razón a Cristóbal Colón.
Cathalina Sánchez Escobar
Abogada
Especialista en Derecho financiero y de los negocios
Master en Historia del Derecho de la Universidad Aix-Marseille, France;
Doctor en Derecho de la Universidad Aix-Marseille, Francia y Externado de Colombia.
[email protected]
[email protected]
Si repensamos la historia de otra manera…
¿Cómo hubiesen sido las cosas si el Rey Juan II de Portugal hubiese aprobado el proyecto de Colón y hubiese financiado su exploración? Una respuesta a la ligera nos puede hacer decir que todos los (actuales) latinoamericanos seríamos brasileros. Pero las cosas no son tan simples. Plantearse hipótesis divergentes de la historia, nos permite concebir de otra manera y comprender el desarrollo que han tenido nuestras Instituciones.
A partir de 1470, el proyecto de alcanzar las Indias por el Sur, se impone gradualmente a la simple exploración de la costa africana. Para Colón, el más grande marino de todos los tiempos, la prolongación lógica de la obra africana de Portugal es evidente: la construcción, vía el Atlántico (vía América), de la carrera de las Indias.
Testigo de las aspiraciones científicas y religiosas de finales del Siglo XV, formado en Génova y sobre todo en Portugal, en donde se establece en
1477 (Lisboa); incitado por su esposa, Filipa Moniz Perestello, a la colonización de las islas atlánticas en Puerto Santo (Madeira), Colón realiza su
obra en la Niebla, la más portuguesa de las Andalucías. Se reúnen así en un solo hombre, los tres elementos geográficos más importantes de Europa en la época de los Descubrimientos: Génova, ciudad que más contribuyó al dominio italiano de la técnica de la navegación. Portugal, a la punta de la revolución científica y tecnológica, allí madura su proyecto occidental de llegar a China por el Oeste. España, recibe el apoyo de la Corona de Castilla.
En 1485, el Rey Juan II de Portugal, siguiendo los consejos de sus expertos, se niega a patrocinar el proyecto de Colón, pues éstos consideraban que la distancia entre Asia y Europa, era más grande que lo que pretendía Colón, lo que hacía que el viaje fuera una aventura muy arriesgada por la dificultad de aprovisionamiento y los peligros del mar. Colón, completamente decepcionado y ofendido, deja Portugal, su segunda patria, y parte a España.
Se siguen seis años de lucha. Después que todas las puertas se cerraron, las de Portugal (para quien la hora de la utopía había pasado), las de Francia e Inglaterra (para quienes no había llegado todavía la hora); la caída de Granada (2 de Enero de 1492), asegura a Colón el apoyo de la Corona de Castilla. Los hechos que se siguen, son conocidos.
Pero sí el Comité de Expertos del Rey Juan II (matemáticos en su gran mayoría), hubiera encontrado coherentes y acertados los cálculos de Colón y hubieran dado el visto bueno, ¿todo hubiera sido diferente? Los efectos jurídico-diplomáticos de la Bula Inter Cœtera, que favorecían a España en detrimento de las promesas hechas a Portugal en la bula Aeterna Regis (1481), ¿serían los mismos que conocemos? ¿Hubiera existido el Tratado de Tordesillas, Primer tratado moderno de la historia europea, según Menéndez Pidal, y sus posteriores juntas? Pudiéramos pensar que no hubiera sido necesario un tal tratado y que la hegemonía española en materia de descubrimientos y posesiones ultramarinas no hubiera sido tal.
Tal vez la violencia y la crueldad del descubrimiento y posterior conquista hubieran sido las mismas, pues la fiebre por el oro estaba presente en todos los hombres de la época, aspecto común en la empresa colonizadora. ¿O esta violencia estaba inscrita en la violencia de la partida? Recordemos que la salida de Colón de Palos de Moguer, fue el mismo día, la fecha límite que tenían los judíos para salir de España y esta situación generó una euforia y una tensión indescriptibles, que pudo haber sido contagiada a los marinos de la expedición.
Lo que podemos afirmar es que la administración de los nuevos territorios, sí pudo presentarse de una manera diferente, dadas las condiciones sociales, políticas y económicas de Portugal en esa época. Del mismo modo que nuestras instituciones coloniales, antecedentes primarios de nuestras actuales instituciones, hubieran tenido una forma y funcionamiento diferente.
Figuras como el alcalde mayor y los encomenderos serían conceptos teóricos para nosotros y no el originen de algunas instituciones que todavía perviven. El Real y Supremo Consejo de Indias no tendría razón para existir y la Real Audiencia, no sería el antecedente de nuestra Corte Suprema de Justicia.
Lo que cambia verdaderamente la concepción de este Tribunal, la estructura, el funcionamiento y la función que históricamente le hemos atribuido dentro de la administración de justicia en Colombia.
Podríamos también cuestionarnos sobre el papel de De las Casas. ¿Lo conoceríamos? Si los nuevos territorios hubieran sido descubiertos y colonizados por los portugueses, ¿se hubiera implicado tanto en la causa de los indígenas y sus aportes serían tan importantes dentro de la teoría del derecho internacional moderno? Posiblemente sus obras: “Historia de las Indias” y “Brevísima relación de la destrucción de las Indias”
nunca se habrían escrito. La Junta de Valladolid no se habría llevado a cabo, lo que traería grandes repercusiones en el Derecho de Gentes, como lo conocemos hoy en día. Sin olvidar que el cuerpo normativo, base de nuestra legislación colonial e influencia de la legislación republicana: Las Nuevas Leyes de Indias, tampoco hubiera existido…
Podemos seguir mencionando ejemplos como los virreyes y su función en las colonias americanas; las consecuencias para éstas de tener un “rey ausente” y el hecho de que, a principios del Siglo XIX, en las Colonias Españolas se empezaba a engendrar el movimiento independentista, mientras que en Brasil, la Monarquía portuguesa instalaba su gobierno.
No se trata de hacer aquí todo un ensayo hipotético de cómo hubiera sido la historia. Plantearse todas estas hipótesis no va a cambiar el curso de nuestra historia, pero puede lanzar el debate que permita pensar la evolución jurídico-política e institucional de otra manera. Es un ejercicio para entender los presupuestos que dieron origen a nuestras leyes e instituciones actuales y sobre todo, para dejar de creer que las cosas son así, simplemente porque sí y comprender el telón de fondo de la historia de nuestras ideas e instituciones políticas.
Tal vez Colón se equivocó en sus cálculos cuando los presentó al Comité de Expertos del Rey de Portugal, tal vez mintió. ¡A quién le importa! Si él no hubiera mentido, ni se hubiera mentido, ¿se hubiera atrevido a navegar tan lejos al oeste? A pesar de sus errores teóricos, sobre los cuales se fundaba su proyecto, la práctica dio la razón a Cristóbal Colón.
Cathalina Sánchez Escobar
Abogada
Especialista en Derecho financiero y de los negocios
Master en Historia del Derecho de la Universidad Aix-Marseille, France;
Doctor en Derecho de la Universidad Aix-Marseille, Francia y Externado de Colombia.
[email protected]
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20 de julio de 2012
A propósito del 20 de julio y de la propuesta de un nuevo grito de independencia – La Orientación Jurídica de la Independencia
Abogada Cathalina Sánchez
El artículo publicado por la Directora de VozJurídica, Gloria Yaneth Vélez Pérez(1), me hizo recordar algunas reflexiones sobre las cuales he trabajado y que nos permiten dar una nueva mirada a la fecha que conmemoramos hoy. Si entendemos la independencia como una revolución desde arriba, con un contenido jurídico además del militar, animada por las élites de la sociedad colonial de principios del Siglo XIX, y no simplemente por el pueblo y, con una alta injerencia de los juristas de la época; podemos entonces comprender la necesidad del “nuevo grito de independencia” sugerido, pues nuestra tradición burocrática adolece de males coloniales que deben ser saneados para que nuestra sociedad pueda proclamarse libre. Libre de vicios, de clientelismos, de egoísmos, de frustraciones y pueda por fin construir el Estado Social de Derecho, en el que supuestamente debemos estar viviendo.
Las independencias latinoamericanas son producto de la madurez alcanzada por las sociedades coloniales. El proceso de independencia fue comenzado y llevado a término por los descendientes de los colonizadores. La crisis política vivida en España como consecuencia de la intervención de Napoleón, fue simplemente la chispa de una situación que estaba desde hace algún tiempo “en remojo”. La independencia fue el escenario agudo de la crisis de la sociedad colonial. Un elemento importante en el desarrollo de esta crisis fue la prosperidad de las colonias, esto es, la existencia de un excedente económico sustancial que permitió el desarrollo de una élite social que disponía del tiempo (libre) necesario para su formación intelectual y política.
La emergencia de un grupo social (los criollos) que se consideraba intelectualmente igual a los españoles pero con intereses propios, diferentes a los del gobierno central español, causó la ruptura del nexo colonial. El desarrollo de la economía y de la vida intelectual en las colonias, dio a los criollos la confianza necesaria para emprender el proceso de independencia. Pero los criollos no fueron los únicos actores de la independencia: mulatos, negros y peninsulares participaron también en ambos lados. Si bien fueron los criollos quienes desencadenaron y mantuvieron la dirección de proceso de independencia, cada grupo participante veía en él, un instrumento para alcanzar ciertos valores y evitar algunos peligros.
Los juristas y hombres de ley (aquellos que ejercían funciones legislativas, ejecutivas o judiciales pero que no tenían un diploma en derecho) eran los expertos en la vida pública, de allí su importancia en la administración del Estado y en la sociedad. Ellos no solamente pertenecían a la élite política y económica sino que dentro de esta élite, ellos eran los más calificados para ocuparse de los asuntos públicos.Ellos dominaban, o se suponía dominaban, el conocimiento apropiado para la vida política. Estos personajes, gracias a su profesión, se convirtieron no solamente en los actores de la vida jurídica y política de la sociedad colonial, sino también en sus transformadores. Fueron gestores, como actores sociales y políticos, y no simplemente tecnócratas del derecho del Estado moderno. Esto resume la posición de los juristas en la sociedad colonial y nos permite imaginar su papel durante la gran crisis que la independencia representó para esa sociedad.
El hecho que los juristas asuman un papel importante dentro de la independencia, puede parecer sorprendente, pues eran ellos quienes beneficiaban del orden colonial. Esto es una concepción parcial. No hay que olvidar, que por políticas expresas de la Corona, los nativos de una provincia, estaban excluidos de las más altas posiciones disponibles, a las cuales podía acceder un hombre de ley. A principios del Siglo XIX, los nacidos en América, tenían menos oportunidades de obtener cargos en las altas posiciones, que aquellos nacidos en la metrópoli. Recordemos las quejas de Bolívar en su Carta de Jamaica, y la justificación que daba de las rebeliones contra la Corona: “…por la exclusión de los criollos de la administración, el gobierno y la política.”
Es cierto que esta perspectiva es contraria a la percepción que se tiene de la independencia como una epopeya heroica, dirigida por militares. No se pretende aquí negar la importancia de las campañas militares, mas poner en evidencia el trabajo de organización y justificación del poder y de los nuevos Estados, sin el cual no hubieran existido Repúblicas y, de pronto, no hubiera habido independencia.
De otra parte, los juristas que participaron del lado de la independencia, conocían muy bien los intereses de los criollos, podían articularlos y diseñar las medidas necesarias para protegerlos. Era de esperarse que los juristas independentistas, jugasen un papel muy importante en la proposición de la independencia y la organización del Estado, que de ella surgiría. Sin embargo, los juristas burócratas de nivel intermedio y otros juristas por fuera de la burocracia, fueron reticentes a la idea de oponerse a la Corona y siguieron ocupándose de sus negocios.
La crisis política de la Península Ibérica, como ya lo hemos mencionado, favoreció las condiciones para una revolución desde arriba, dirigida a fin de cuentas por los hombres de ley. El hecho que los hombres de ley estuvieran listos a tomar el Estado en sus manos en 1810, se debe a su reacción frente a la crisis de la metrópoli, que había sumergido en el caos, las colonias Americanas. La realidad de la exclusión de los criollos del gobierno, así que su participación en la revolución de independencia, parecen más complejas que lo que se ha afirmado. La participación activa de los hombres de ley en la revolución, es una respuesta a la abrumadoracrisis política de España entre 1808 y 1810 y a la reticencia del gobierno local de negociar o establecer un gobierno de coalición.
En estos términos, afirmar que los juristas jugaron un papel importante en la organización de la independencia, parece evidente, puesto que los juristas eran miembros eminentes de la aristocracia criolla y eran considerados como poseedores de un saber político, importante en la sociedad, pero ¿Cuál es el significado de esta participación?
Primero que todo, es importante señalar que la separación de España y la declaración de independencia ha sido definida como un problema con un componente jurídico. Es más, hay autores que la definen, sobre todo, como un proceso jurídico. Esta afirmación merece ser atenuada, pues los intereses económicos y políticos son los promotores del proceso y ninguna argumentación jurídica, por coherente y bien motivada que sea, no tiene la fuerza de desencadenar el proceso. El conflicto armado fue una consecuencia natural del proyecto y sin victoria militar, las actas y constituciones sólo serían letra muerta. La formulación jurídica es esencial y muy importante para explicar el momento elegido.
Los problemas jurídicos de 1810 según Tomas Polanco, son: primero que todo, la inexistencia de un gobierno legítimo en las colonias; segundo, una vez admitida la ilegalidad y la inexistencia de un gobierno metropolitano, aparece el problema de quien podrá y con cuáles facultades, constituir un nuevo gobierno dentro de la América española. Según la donación hecha por Alejandro VI, el derecho español, la Santa Escritura y el derecho natural, eran los españoles-americanos quienes detendrían desde ahora el derecho de constituir un nuevo gobierno.
No hay duda alguna que esta explicación del proceso de independencia es el producto de la presencia dominante de los juristas en la dirección de éste. Al mismo tiempo, este proceso requiere la presencia de juristas para organizarlo y dirigirlo.
La independencia no termina con su declaración; ella requiere la organización del nuevo Estado. El saber jurídico de la época procura los instrumentos intelectuales para dicha organización: las constituciones y las leyes. Para ello se necesita a los juristas, pero su participación tiene dos consecuencias: la mediación entre grupos y la exclusión de la participación política, efectiva, de grupos no representados por los juristas.
El aporte de los juristas fue seguramente importante, no solamente porque ellos utilizaron la literatura de la igualdad, sino porque paralelamente a estas declaraciones, ellos conservaron la esclavitud y adoptaron una Constitución censitaria que garantizaba y reforzaba el poder político de los criollos. La presencia de los juristas en los cargos directivos de la República, fue igualmente una garantía de su predominancia política.
El segundo aspecto, y es el que nos permite sustentar el interrogante ¿Colombia necesita un nuevo grito de independencia?, está marcado por el efecto de exclusión que caracterizó la organización jurídica del Estado. Ello dificulta la participación de aquellos que no tienen la cultura general suficiente para comprender las constituciones y las leyes. Si el ejercicio del poder se debe realizar a través de actos jurídicos y con instrumentos legales, solamente las personas verdaderamente capacitadas (cultivadas en términos de la época), tendrían un lugar en el juego político.
Pero el espacio político no pertenece solamente a quienes hacen las leyes. Los ciudadanos, los titulares de derechos, a quienes se les aplican esas constituciones y leyes son parte fundamental del mismo. Nuestra élite granadina defendió muy bien sus beneficios, proclamó sus derechos y movilizó al pueblo para liberarse de la opresión Española y guardó para ella todo lo productivo de esta situación. En su intento por tomar el poder, esta misma élite, produjo grandes perturbaciones sociales e institucionales. En cuanto “líderes civiles” de la nueva República, estos Hombres de Ley, antepasados de nuestros actuales gobernantes y legisladores, gozaron de ciertos privilegios que aún, 202 años después, perduran y a los cuales les es difícil renunciar. Es por eso que algunas veces nos cuestionamos si nuestros "Padres de la Patria" legislan/gobiernan para el pueblo o para ellos mismos.
Esta herencia independentista sobrevive y genera malestar social, manifestado en los movimientos ciudadanos, como los hemos visto en los últimos días.
La burocracia granadina de principios del Siglo XIX se "revotó" porque el gobierno Español no la dejaba participar en los altos cargos administrativos. Pero, una vez independientes y en la cabeza del Estado, esa misma burocracia no se preocupó por permitirle al pueblo, participar de ese poder. Y así hemos continuamos por dos siglos.
Así se puede entonces explicar la situación actual que atraviesa nuestro país. No es que la historia se repita, no. Simplemente, nunca hemos superado esa etapa y la frustración que siente el pueblo al ver sus derechos pisoteados, la impotencia que genera no ser escuchado, aumenta, se convierte en ira y degenera en violencia, de la cual vemos todos los días los efectos.Colombia necesita, no un nuevo grito, sino un nuevo movimiento de independencia.
Cathalina Sánchez Escobar
Abogada
Especialista en Derecho financiero y de los negocios
Master en Historia del Derecho de la Universidad Aix-Marseille, France;
Doctor en Derecho de la Universidad Aix-Marseille, Francia y Externado de Colombia.
[email protected]
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Las independencias latinoamericanas son producto de la madurez alcanzada por las sociedades coloniales. El proceso de independencia fue comenzado y llevado a término por los descendientes de los colonizadores. La crisis política vivida en España como consecuencia de la intervención de Napoleón, fue simplemente la chispa de una situación que estaba desde hace algún tiempo “en remojo”. La independencia fue el escenario agudo de la crisis de la sociedad colonial. Un elemento importante en el desarrollo de esta crisis fue la prosperidad de las colonias, esto es, la existencia de un excedente económico sustancial que permitió el desarrollo de una élite social que disponía del tiempo (libre) necesario para su formación intelectual y política.
La emergencia de un grupo social (los criollos) que se consideraba intelectualmente igual a los españoles pero con intereses propios, diferentes a los del gobierno central español, causó la ruptura del nexo colonial. El desarrollo de la economía y de la vida intelectual en las colonias, dio a los criollos la confianza necesaria para emprender el proceso de independencia. Pero los criollos no fueron los únicos actores de la independencia: mulatos, negros y peninsulares participaron también en ambos lados. Si bien fueron los criollos quienes desencadenaron y mantuvieron la dirección de proceso de independencia, cada grupo participante veía en él, un instrumento para alcanzar ciertos valores y evitar algunos peligros.
Los juristas y hombres de ley (aquellos que ejercían funciones legislativas, ejecutivas o judiciales pero que no tenían un diploma en derecho) eran los expertos en la vida pública, de allí su importancia en la administración del Estado y en la sociedad. Ellos no solamente pertenecían a la élite política y económica sino que dentro de esta élite, ellos eran los más calificados para ocuparse de los asuntos públicos.Ellos dominaban, o se suponía dominaban, el conocimiento apropiado para la vida política. Estos personajes, gracias a su profesión, se convirtieron no solamente en los actores de la vida jurídica y política de la sociedad colonial, sino también en sus transformadores. Fueron gestores, como actores sociales y políticos, y no simplemente tecnócratas del derecho del Estado moderno. Esto resume la posición de los juristas en la sociedad colonial y nos permite imaginar su papel durante la gran crisis que la independencia representó para esa sociedad.
El hecho que los juristas asuman un papel importante dentro de la independencia, puede parecer sorprendente, pues eran ellos quienes beneficiaban del orden colonial. Esto es una concepción parcial. No hay que olvidar, que por políticas expresas de la Corona, los nativos de una provincia, estaban excluidos de las más altas posiciones disponibles, a las cuales podía acceder un hombre de ley. A principios del Siglo XIX, los nacidos en América, tenían menos oportunidades de obtener cargos en las altas posiciones, que aquellos nacidos en la metrópoli. Recordemos las quejas de Bolívar en su Carta de Jamaica, y la justificación que daba de las rebeliones contra la Corona: “…por la exclusión de los criollos de la administración, el gobierno y la política.”
Es cierto que esta perspectiva es contraria a la percepción que se tiene de la independencia como una epopeya heroica, dirigida por militares. No se pretende aquí negar la importancia de las campañas militares, mas poner en evidencia el trabajo de organización y justificación del poder y de los nuevos Estados, sin el cual no hubieran existido Repúblicas y, de pronto, no hubiera habido independencia.
De otra parte, los juristas que participaron del lado de la independencia, conocían muy bien los intereses de los criollos, podían articularlos y diseñar las medidas necesarias para protegerlos. Era de esperarse que los juristas independentistas, jugasen un papel muy importante en la proposición de la independencia y la organización del Estado, que de ella surgiría. Sin embargo, los juristas burócratas de nivel intermedio y otros juristas por fuera de la burocracia, fueron reticentes a la idea de oponerse a la Corona y siguieron ocupándose de sus negocios.
La crisis política de la Península Ibérica, como ya lo hemos mencionado, favoreció las condiciones para una revolución desde arriba, dirigida a fin de cuentas por los hombres de ley. El hecho que los hombres de ley estuvieran listos a tomar el Estado en sus manos en 1810, se debe a su reacción frente a la crisis de la metrópoli, que había sumergido en el caos, las colonias Americanas. La realidad de la exclusión de los criollos del gobierno, así que su participación en la revolución de independencia, parecen más complejas que lo que se ha afirmado. La participación activa de los hombres de ley en la revolución, es una respuesta a la abrumadoracrisis política de España entre 1808 y 1810 y a la reticencia del gobierno local de negociar o establecer un gobierno de coalición.
En estos términos, afirmar que los juristas jugaron un papel importante en la organización de la independencia, parece evidente, puesto que los juristas eran miembros eminentes de la aristocracia criolla y eran considerados como poseedores de un saber político, importante en la sociedad, pero ¿Cuál es el significado de esta participación?
Primero que todo, es importante señalar que la separación de España y la declaración de independencia ha sido definida como un problema con un componente jurídico. Es más, hay autores que la definen, sobre todo, como un proceso jurídico. Esta afirmación merece ser atenuada, pues los intereses económicos y políticos son los promotores del proceso y ninguna argumentación jurídica, por coherente y bien motivada que sea, no tiene la fuerza de desencadenar el proceso. El conflicto armado fue una consecuencia natural del proyecto y sin victoria militar, las actas y constituciones sólo serían letra muerta. La formulación jurídica es esencial y muy importante para explicar el momento elegido.
Los problemas jurídicos de 1810 según Tomas Polanco, son: primero que todo, la inexistencia de un gobierno legítimo en las colonias; segundo, una vez admitida la ilegalidad y la inexistencia de un gobierno metropolitano, aparece el problema de quien podrá y con cuáles facultades, constituir un nuevo gobierno dentro de la América española. Según la donación hecha por Alejandro VI, el derecho español, la Santa Escritura y el derecho natural, eran los españoles-americanos quienes detendrían desde ahora el derecho de constituir un nuevo gobierno.
No hay duda alguna que esta explicación del proceso de independencia es el producto de la presencia dominante de los juristas en la dirección de éste. Al mismo tiempo, este proceso requiere la presencia de juristas para organizarlo y dirigirlo.
La independencia no termina con su declaración; ella requiere la organización del nuevo Estado. El saber jurídico de la época procura los instrumentos intelectuales para dicha organización: las constituciones y las leyes. Para ello se necesita a los juristas, pero su participación tiene dos consecuencias: la mediación entre grupos y la exclusión de la participación política, efectiva, de grupos no representados por los juristas.
El aporte de los juristas fue seguramente importante, no solamente porque ellos utilizaron la literatura de la igualdad, sino porque paralelamente a estas declaraciones, ellos conservaron la esclavitud y adoptaron una Constitución censitaria que garantizaba y reforzaba el poder político de los criollos. La presencia de los juristas en los cargos directivos de la República, fue igualmente una garantía de su predominancia política.
El segundo aspecto, y es el que nos permite sustentar el interrogante ¿Colombia necesita un nuevo grito de independencia?, está marcado por el efecto de exclusión que caracterizó la organización jurídica del Estado. Ello dificulta la participación de aquellos que no tienen la cultura general suficiente para comprender las constituciones y las leyes. Si el ejercicio del poder se debe realizar a través de actos jurídicos y con instrumentos legales, solamente las personas verdaderamente capacitadas (cultivadas en términos de la época), tendrían un lugar en el juego político.
Pero el espacio político no pertenece solamente a quienes hacen las leyes. Los ciudadanos, los titulares de derechos, a quienes se les aplican esas constituciones y leyes son parte fundamental del mismo. Nuestra élite granadina defendió muy bien sus beneficios, proclamó sus derechos y movilizó al pueblo para liberarse de la opresión Española y guardó para ella todo lo productivo de esta situación. En su intento por tomar el poder, esta misma élite, produjo grandes perturbaciones sociales e institucionales. En cuanto “líderes civiles” de la nueva República, estos Hombres de Ley, antepasados de nuestros actuales gobernantes y legisladores, gozaron de ciertos privilegios que aún, 202 años después, perduran y a los cuales les es difícil renunciar. Es por eso que algunas veces nos cuestionamos si nuestros "Padres de la Patria" legislan/gobiernan para el pueblo o para ellos mismos.
Esta herencia independentista sobrevive y genera malestar social, manifestado en los movimientos ciudadanos, como los hemos visto en los últimos días.
La burocracia granadina de principios del Siglo XIX se "revotó" porque el gobierno Español no la dejaba participar en los altos cargos administrativos. Pero, una vez independientes y en la cabeza del Estado, esa misma burocracia no se preocupó por permitirle al pueblo, participar de ese poder. Y así hemos continuamos por dos siglos.
Así se puede entonces explicar la situación actual que atraviesa nuestro país. No es que la historia se repita, no. Simplemente, nunca hemos superado esa etapa y la frustración que siente el pueblo al ver sus derechos pisoteados, la impotencia que genera no ser escuchado, aumenta, se convierte en ira y degenera en violencia, de la cual vemos todos los días los efectos.Colombia necesita, no un nuevo grito, sino un nuevo movimiento de independencia.
Cathalina Sánchez Escobar
Abogada
Especialista en Derecho financiero y de los negocios
Master en Historia del Derecho de la Universidad Aix-Marseille, France;
Doctor en Derecho de la Universidad Aix-Marseille, Francia y Externado de Colombia.
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