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La Defensoría del Pueblo ¿con un Defensor sin Pueblo? Columna de la Abogada Gloria Yaneth Vélez Pérez @JuridicaAsesora. Invitamos a leerla, comentarla o debatirla.

5/30/2021

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La Defensoría del Pueblo ¿con un Defensor sin Pueblo?
 
Por: Abogada Gloria Yaneth Vélez Pérez 

Con la Constitución Política de 1991 Colombia se inscribió en un paradigma de Estado Social de Derecho, democrático, participativo, garantista, pluralista y basado en el respeto de la dignidad humana. Para lograr este cometido se elevaron a rango constitucional los derechos fundamentales, sociales, económicos, culturales y los colectivos y del ambiente, todos ellos con vocación universal, por cuanto no puede haber persona privada de los derechos que, por ser tal, le corresponden, ya que los derechos a que alude la Constitución, no son para unos según su ideología política o religiosa, ni según el género, raza o preferencia sexual, es decir, que estas formas de asumir la vida, estos diferenciales naturales o adquiridos, no son condición sine qua non para afirmarse o no como titular de derechos y pensarlo de otro modo es entrar en la trampa de la discriminación que se ha tratado siempre de eliminar, es decir que todas las personas son titulares de los derechos. 
 
Pero ¿para qué un derecho si no se puede ejercer o si no hay cómo o quién los haga valer?
 
En relación con el cómo hacerlos valer, en la Constitución se incorporaron distintos mecanismos que permiten a una persona o grupo buscar su protección o restablecimiento en caso de amenaza o afectación y entre esos mecanismos se cuentan las diferentes acciones públicas (tutela, de grupo, cumplimiento…). Y ya en relación con el quién, varias son las respuestas que pueden darse, sin embargo para la reflexión que se quiere hacer, se mencionará solamente que en el rango constitucional, Artículos 281, 282, 283 y 284, se creó o dio vida, por el pueblo y para el pueblo, la figura del Defensor del Pueblo y de paso una entidad llamada Defensoría del Pueblo que tendría la estructura que le asignara la ley, cometido logrado en la ley 24 de 1992 y la Ley 941 de 2005, modificadas por el Decreto Ley 025 de 2014. 
 
La figura del Defensor del Pueblo, novedosa para Colombia, existe de vieja data en otros países y fue adoptada por la importancia que ha ido tomando históricamente en diferentes latitudes geográficas y su forma más conocida de llamarlo es de Ombusdman.  Como antecedentes sobre esta importante figura se puede mencionar que:
“• Esta figura tiene un largo antecedente y surge en Suecia, en 1703, con la Cancillería de Justicia -Konungens Hogsta Ombudsmannen-cuya finalidad era la de velar y supervisar la responsabilidad, la actividad y la eficacia del gobierno.
• En 1772 se le institucionaliza como un órgano de la Corona y en la Carta Magna.

• Para 1809 el 
Justittiekansler, surge como un delegado de la corona y del Parlamento sueco. Se le instituye de independencia con el deber de supervisar y vigilar la observancia y correcta aplicación de las leyes y sus reglamentos.
• La Constitución Sueca es la primera en el mundo en establecer esta figura.
• En 1919, Finlandia incorpora el Ombudsman a su Constitución. Su competencia abarca la Administración central, la local, la iglesia luterana, los tribunales de justicia y las fuerzas armadas. 
• En Dinamarca el Comité Parlamentario en 1946 lo institucionaliza y aparece en la Constitución de 1953, para vigilar la administración civil y militar del Estado.
 
• Alemania en 1957 crea el Comisario Parlamentario para las Fuerzas Armadas con las siguientes  facultades: iniciar investigaciones ante la existencia de violaciones de los derechos fundamentales de los soldados o de las normas disciplinarias. 

• En Noruega, en  1962 se  aprueba la creación de la figura concediéndole como facultades la de proteger a cada ciudadano contra las posibles injusticias de la Administración Pública, cuidar que los funcionarios y empleados de los servicios del Estado no cometan errores o falten a sus deberes.

• En 1967, Gran Bretaña introduce la figura, no tiene protagonismo en el ámbito normativo, no puede actuar de oficio, no tiene un acceso directo con el ciudadano pues actúa a través de los diputados y sus informes no pueden ser publicados sin el consentimiento del Parlamento.

• Hoy en día, hay más de 900 modelos distintos de Ombudsman en el mundo y todos son importantes y válidos, aunque no se parezcan unos a otros. No hay un modelo único, pero lo importante es que el Ombudsman es hoy por hoy una figura muy popular y la demanda por sus servicios continúa creciendo, así como la extensión de sus funciones.

•Para el caso de México, es posible considerar a Fray Bartolomé de Las Casas, como un remoto antecedente de la institución que nos ocupa, debido a su gran determinación para defender a las culturas naturales, pero sobre todo, a los indios.”[1]

Para el caso colombiano, su adopción como ya se indicó, fue en la Constitución de 1991 con la denominación de Defensor del Pueblo y el diseño institucional de esta nueva parte de la estructura del Estado fue y sigue siendo, por su finalidad, sin duda esperanzadora, porque tiene en su objeto y razón de ser: velar por la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos, tal y como se infiere de lo dispuesto en el Artículo 282 de la Constitución, en el cual se señalan las funciones que le corresponde cumplir al Defensor del Pueblo y que son del siguiente tenor:
 
“ARTICULO 282. El Defensor del Pueblo velará por la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos, para lo cual ejercerá las siguientes funciones:
 
1. Orientar e instruir a los habitantes del territorio nacional y a los colombianos en el exterior en el ejercicio y defensa de sus derechos ante las autoridades competentes o entidades de carácter privado.
 
2. Divulgar los derechos humanos y recomendar las políticas para su enseñanza.
 
3. Invocar el derecho de Habeas Corpus e interponer las acciones de tutela, sin perjuicio del derecho que asiste a los interesados.
 
4. Organizar y dirigir la defensoría pública en los términos que señale la ley.
 
5. Interponer acciones populares en asuntos relacionados con su competencia.
 
6. Presentar proyectos de ley sobre materias relativas a su competencia.
 
7. Rendir informes al Congreso sobre el cumplimiento de sus funciones.
 
8. Las demás que determine la ley.” (Subrayado fuera de texto)
 
En la actualidad la Defensoría del Pueblo tiene regulada su estructura organizativa y funcional en el Decreto Legislativo 025 del 10 de enero del año 2014, publicado en el Diario Oficial 49.029 del mismo mes y año.  En este Decreto se indica en el Artículo 2 que “La Defensoría del Pueblo es la institución responsable de impulsar la efectividad de los Derechos Humanos mediante las siguientes acciones integradas: promover, ejercer, divulgar, proteger y defender los Derechos Humanos y prevenir sus violaciones; fomentar la observancia del Derecho Internacional Humanitario; atender, orientar y asesorar en el ejercicio de sus derechos a los habitantes del territorio nacional y a los colombianos en el exterior; y, proveer el acceso a la administración de justicia, en los casos señalados en la ley.” (Resaltado fuera de texto)
 
Todo lo anterior permite concluir que la teleología y finalidad del defensor del pueblo y obviamente de la entidad que le sirve de estructura organizativa y de todos los que allí laboren, se encuentra clara y se concreta en velar por los derechos humanos del pueblo, todo el pueblo y no una parte del pueblo, porque los derechos en un Estado pluralista son de todos y para todos. Y es con este enfoque como deben ser desempeñadas cada una de las funciones del Defensor del Pueblo, quién además goza de la autonomía necesaria conforme a lo dispuesto en el Artículo 281 de la Constitución que establece: “ARTICULO 281. Modificado por el Acto Legislativo 02 de 2015, artículo 24. (éste declarado exequible por la Corte Constitucional en la Sentencia C-29 de 2018.). El Defensor del Pueblo ejercerá sus funciones de manera autónoma. Será elegido por la Cámara de Representantes para un periodo institucional de cuatro años de terna elaborada por el Presidente de la República.”
 
La autonomía que menciona el Artículo constitucional debe entenderse, entre otros, como un obrar libre de la injerencia política y de otra índole, que pudiere afectar el cumplimiento de su objeto constitucional:  velar por la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos, de allí que si el Defensor llegare a actuar movido más por compromisos políticos que por los sociales y funcionales, contraría la Constitución y defrauda al pueblo.
 
Y si todo lo anterior es el deber ser de la Defensoría del Pueblo y del Defensor del Pueblo y es lo que se espera que funcione como una forma de mantener los derechos sin afectación o procurar su restablecimiento en caso de vulneración, entonces, el sentido común y no tanto sofisticadas teorías hermenéuticas, aunque ellas también,  permiten concluir que el Defensor del Pueblo debe tener una conexión con el Pueblo, porque es al Pueblo al que se debe. Con el Pueblo debe tener empatía, sinergia y unión. El Pueblo, además, debe sentirse confiado y seguro de que el Defensor del Pueblo lo que hará en su favor conforme a lo establecido en la Constitución y la Ley es gestionar de forma constante, permanente y eficaz todo lo que le ha sido encomendado. La indiferencia ante leves, graves o gravísimas vulneraciones a los derechos humanos o su puesta en riesgo, no deben hacer parte del actuar de un Defensor del Pueblo, máxime que sus funciones están diseñadas en términos positivos de hacer, de actuar, no de callar y de acallar, salvo que ese acallar sea desde un obrar activo para buscar reconciliar y restablecer derechos vulnerados.
 
No obstante todo este deber ser y pasando a la realidad concreta en Colombia en el contexto de lo que ha sido el paro nacional iniciado el 28 de abril de 2021, lo que se ha venido percibiendo es que hay una Defensoría del Pueblo con un Defensor que está allí en la nómina del Estado, pero sin el Pueblo, porque ante las difíciles situaciones que está viviendo el país con ocasión de las reformas poco convenientes promovidas por el gobierno, así como por el largo paro promovido, emprendido y enrarecido por algunos sectores políticos y de donde se han derivado entre y por agentes del Estado y particulares mutuas afectaciones a los derechos humanos, la voz del Defensor del Pueblo no se ha escuchado en los escenarios legítimos y válidos con la fuerza, entereza, demanda y eco, que haga sentir que entiende al pueblo como uno solo y que los derechos que debe promover y defender son los derechos de todos, no solamente de algunos y menos por inclinación política o sesgo institucional, porque esa no es su misión. 
 
Y es que en relación con la importancia de la figura del Defensor del Pueblo adoptada en Colombia, Naciones Unidas ha indicado: “El Defensor del Pueblo, en su carácter de Ombudsman, es el servidor público constitucionalmente encargado de velar por la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos. Esta función tiene particular relieve dentro de las difíciles circunstancias que el país vive en cuanto a los derechos humanos, la violencia generalizada, el conflicto armado interno y el derecho internacional humanitario.
 
La independencia y la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones son requisitos indispensables para que el Defensor del Pueblo continúe gozando de la confianza pública y pueda desempeñar eficazmente su magistratura de influencia constructiva y de mediación. Esa magistratura constituye un valioso elemento para la defensa y el desarrollo de la democracia colombiana”[2]
 
En Colombia el diseño institucional de la Defensoría del Pueblo y del Cargo de Defensor del Pueblo es idóneo. El objeto de esta institución es claro y las funciones y esencia del Defensor están concebidas desde esa autonomía y confianza que una persona debe recibir si de guiar los destinos de la defensa y salvaguarda de los derechos humanos se trata, pero si hay que decirle al Defensor del Pueblo que defienda al Pueblo, a todo el Pueblo y no subjetivamente a unos, o reclamarle con manifestaciones, plantones y reproches el por qué no lo hace o exigirle que lo haga, es porque se tiene un Defensor del Pueblo sin Pueblo, que ya no debería, por lo tanto, ser llamado Defensor en atención a que ha renunciado a lo que le sirve de causa y para quien, al parecer, no tiene causa.

Si la voz del Defensor del Pueblo no se escucha como un trueno invitando, con autonomía y sin descanso, a la unión, al respeto mutuo de los derechos humanos y si sus acciones no se ven concretadas en un diálogo con el pueblo que representa, ni las instancias institucionales de todo orden y naturaleza, no están invadidas de actos en procura de una Colombia que se reencuentre en el respeto de los derechos, que dialogue y repare y que se una nuevamente como Patria, lo que se advierte también es no solo un Defensor sin Pueblo, sino un Pueblo sin Defensor, pero con una costosa defensoría.

 

Referencias:

[1] COMISIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MÉXICO https://www.codhem.org.mx/LocalUser/codhem.org/info/ombudsman33.html

[2] NACIONES UNIDAS. https://www.hchr.org.co/index.php/informacion-publica/comunicados-de-prensa/ano-2003/486-blank-sp-30349
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Lenguaje ecológico: mejor comunicación, más calidad de vida. Columna de la Abogada Gloria Yaneth Vélez Pérez @JuridicaAsesora

5/23/2021

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Lenguaje ecológico: mejor comunicación, más calidad de vida

Por: Abogada Gloria Yaneth Vélez Pérez

En el mundo se ha desatado toda una preocupación por el cuidado del planeta que hoy sufre un deterioro de altas proporciones que amenaza la vida y no solamente y como lo entiende Martha Nussbaum la “de los animales no humanos.”[1]  
 
Por fin ha hecho eco, en todos los continentes, que ya no gozamos de un medio ambiente sano por causa de la contaminación del agua y del aire, la tala desmedida de árboles (flora en general), matanza de fauna que hoy ya se encuentra en peligro de extinción y que es necesaria para conservar el ecosistema.  Incluso en un informe del 11 de mayo de 2021 publicado por la National Geographic (España) se indica que: “En el planeta existen más de 8.000 razas de animales y más del 20% está en peligro de extinción. Algunos de los animales más extraños de nuestro planeta caminan en la cuerda floja de la extinción.”[2] Y agrega que: “Según datos de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza, el organismo internacional con mayor potestad sobre el problema, aproximadamente 5.200 especies de animales se encuentran en peligro de extinción en la actualidad. Además, en un desglose por clase, se encuentran en peligro de extinción el 11% de las aves, el 20% de los reptiles, el 34% de los peces y 25% de los anfibios y mamíferos.”[3]
 
La National Geographic también recordó mediante un valioso resumen que:  “Desde que la vida surgió en la Tierra, su fauna se ha transformado en muchas ocasiones. Durante miles de años y por diversas razones, se han producido cinco grandes extinciones de las especies que han poblado la Tierra: son las conocidas como las cinco extinciones masivas. En la actualidad, y debido a la acción de los seres humanos, el planeta está al borde de lo que los científicos denominan la Sexta Gran Extinción. (Lista de especies afectadas en España, Mexico, Perú y el mundo). Pero, ¿es realmente un problema tan grave? Para conocer a fondo el problema de la pérdida de biodiversidad se deben conocer distintos aspectos y conceptos clave para entender mejor a nivel biológico la cuestión.[4]”

Pero con un impacto negativo no solamente está la fauna, sino que también la flora ya tiene plantas extintas y otras en peligro de extinguirse debido a causas que se suman a las anteriores: actividad industrial, actividad minera, desastres naturales y otros provocados, incendios forestales y el crecimiento urbano que ha decidido reemplazar las especies vegetales por moles de cemento aunque éste sea ecológico. 

Y esto que se menciona es solamente la punta del iceberg porque el panorama sobre el daño ambiental es aterrador, ya que el agua y el aire que son elementos de la esencia de la vida y de una buena vida y sin los cuales no hay vida, ni calidad de vida, han sido y continúan siendo las víctimas, en primera línea, de la contaminación, del envenenamiento, con gases como el ‘monóxido de carbono, óxidos de nitrógeno, dióxido de azufre y material particulado’[5] y también con el mercurio utilizado en la minería del oro y que por fortuna ya tiene en Colombia un uso prohibido a partir de la entrada en vigencia de la Ley 1658 de 2013, que busca el uso de tecnologías limpias y combatir la contaminación del agua y los efectos nocivos para la salud que el mercurio causa cuando es ingerido.

Y así como ya hizo eco lo relacionado con el daño ambiental, también hizo eco la necesidad de contar con derechos que protejan el ambiente y garanticen un medio ambiente sano.  En Colombia estos derechos se incorporaron en la Constitución Política de 1991 en los Artículos 79 al 82, cuyo tenor literal es el siguiente:

“ARTICULO 79. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo.

Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines.

ARTICULO 80. El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución.
 
Además, deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados.

 Así mismo, cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas.
 
ARTICULO 81. Queda prohibida la fabricación, importación, posesión y uso de armas químicas, biológicas y nucleares, así como la introducción al territorio nacional de residuos nucleares y desechos tóxicos.

 El Estado regulará el ingreso al país y la salida de él de los recursos genéticos, y su utilización, de acuerdo con el interés nacional.

 ARTICULO 82. Es deber del Estado velar por la protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular.”[6]

 
No obstante, estos derechos no han logrado la suficiente eficacia porque aunque datan de 1991, solamente en el año 2016 la naturaleza logró ser reconocida como sujeto de derechos mediante la Sentencia T-622 emitida por la Corte Constitucional, la cual, si bien es precedente, no da la garantía que otorga una regulación permanente y aunque, como lo dije en otro artículo: “sería de gran valor contar con una reforma constitucional que le dé reconocimiento expreso a los derechos de la naturaleza” [7] también indiqué que: “a falta de ello, bueno será conformarse con una ley de la república, o varias, que bien pueden expedirse y con la consideración de estos derechos en los planes de desarrollo local y las actividades de control (urge para esto la voluntad política).”[8]
 
Pero a esta necesidad de una regulación permanente de los derechos de la naturaleza para buscar la eficacia de los derechos colectivos y del ambiente, le agrego en este artículo, que es necesario ocuparnos, y rápidamente, de apropiar un lenguaje ecológico, un léxico ecológico común y para el común, entendible por todos, digerible y que pueda aumentar la comunicación, comprensión y debida aplicación en pro de una calidad de vida humana y no humana, porque aunque hay también “animales no humanos” como los llama Nussbaum y cuyo término compuesto se comparte, hay otras vidas que es necesario reconocer y que están, por ejemplo, en toda la flora, o… ¿negaríamos que las plantas tienen vida y que hay vida en un almendro, una platanera o árboles frutales?

Las discusiones, debates y literatura en relación con lo ecológico (con temáticas sobre biodiversidad, cambio climático, deforestación, equidad intergeneracional, precaución, prevención, solidaridad, protección del suelo, el aire, el agua, la flora y la fauna) cada día aumentará y con ello tomará más fuerza. Por tal motivo, que cada persona comprenda el sentido y significado de cada término, será un avance más en el cometido de cuidar el planeta, la casa común como optó por llamarla el Papa Francisco en su encíclica Laudato si y que nos alberga a todos sin distinguir credo, raza, género o ideología. 

Pensar en que es necesario apropiar un lenguaje ecológico no debe entenderse como una tontería, como algo innecesario, porque ya hemos aprehendido otros “lenguajes” como por ejemplo el que hoy fundamenta las tecnologías de la información y la comunicación. Es más, si en asuntos de informática y TIC, ya no nos es ajeno hablar de bit, byte, sistema operativo, memoria ram, disco duro, cookies, phishing, phisher, firewall, virtualidad, plataforma, internet, modem, Smartphone, whatsapp, instagram, twitter, mensaje cifrado de extremo a extremo, en fin, ni sobre la cuarta revolución industrial con la inteligencia artificial y sus nanochips, porque son términos que ya no escapan a que los comprendamos, ¿por qué en temas ecológicos, su léxico propio aún no hace parte de nuestro cotidiano y se mantiene en el dominio, ocupación y preocupación de unos pocos, cuando lo que ya debería estar sucediendo es que, así como reportamos un daño en el internet, también lo estuviésemos haciendo con los daños al medio ambiente y aportando para su cuidado de una manera más positiva?

Con respecto a la importancia de tener un conocimiento sobre lo ecológico, Colombia tiene ya un avance que ha sido impulsado por la Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de los Ríos Negro y Nare (Cornare) que con apoyo el Ministerio del Medio Ambiente, ‘lanzó la cátedra de Educación Ambiental Incluyente y por la Paz, la cual es pionera en Colombia y en Latinoamérica, está diseñada para ser incluida en el currículo de las instituciones educativas a nivel nacional, por medio de 12 módulos de aprendizaje, que se trabajarán en una hora semanal, y de esta forma impartir una cultura responsable con el medioambiente.”[9]

Esta cátedra ambiental es absolutamente importante, sin embargo está encapsulada en el sistema de educación formal para impactar directamente a los estudiantes y motivarlos a cuidar los recursos naturales, sin embargo, las problemáticas ambientales nos involucran y comprometen a todos, de allí que creo y sostengo que no es suficiente con enseñarle a los estudiantes solamente, sino que, definitivamente, urge aumentar una pedagogía ambiental con vocación universal, mediante la cual se haga de conocimiento común  lo que he querido denominar léxico ecológico mediante el cual se puedan recoger y sintetizar, aquellos conceptos esenciales y fundamentales que toda persona, con formación o sin ella, debe conocer y entender para que pueda sumarse a la protección y cuidado del medio ambiente. 

Un léxico o lenguaje ecológico que no sea del uso exclusivo de un grupo profesional o técnico como parte del lenguaje científico, sino que descienda a un lenguaje ordinario que como bien lo explica la Doctora Elvia María González Agudelo:  “Por lenguaje ordinario se entiende el uso de la lengua cuando se basa en la función primordial del lenguaje como es la comunicación.  Con los signos lingüísticos, núcleo de este lenguaje, se establecen los procesos comunicativos en el mundo del saber cotidiano.”[10] Agrega esta autora que:  “la estrategia del lenguaje ordinario busca, según Ricoeur (1998), restringir el malentendido, generado por su carácter eminentemente polisémico, implicado en todo proceso de interpretación. En el lenguaje ordinario, cuando hablamos, sólo usamos una parte del campo semántico de las palabras enunciadas en las frases y según la competencia del destinador y del destinatario; la ambigüedad, la equivocidad y el malentendido se pueden reducir, estableciendo acuerdo en los procesos dialógicos, en el momento de la actuación de dicha comunicación.”[11]

Apropiar el lenguaje ecológico creará conciencia colectiva y se podrá comprender mejor sucesos como el del 22 de mayo, un día antes de publicar este texto, en el que se conmemoró el día internacional de la biodiversidad biológica en cuyo contexto indicó Naciones Unidas: Si la diversidad biológica tiene un problema, la humanidad tiene un problema y resaltó que “se entiende por biodiversidad la amplia variedad de plantas, animales y microorganismos existentes, pero también incluye las diferencias genéticas dentro de cada especie - por ejemplo, entre las variedades de cultivos y las razas de ganado-, así como la variedad de ecosistemas (lagos, bosques, desiertos, campos agrarios,...) que albergan múltiples interacciones entre sus miembros (humanos, plantas, animales) y su entorno (agua, aire, suelo...)

Los recursos biológicos son los pilares que sustentan las civilizaciones. Los peces proporcionan el 20% de las proteínas animales a unos 3 000 millones de personas. Más del 80% de la dieta humana está compuesta por las plantas. Aproximadamente, el 80% de las personas que viven en las zonas rurales de los países en desarrollo dependen de medicamentos tradicionales basados en plantas para la atención básica de la salud.”[12]

Así entonces, el lenguaje ecológico nos procurará conocimiento, entendimiento y habilidades para contribuir con un aumento en el esfuerzo colectivo que mejore las condiciones de vida en un planeta en crisis y enfermo, que se aliviará, no solamente por el reconocimiento constitucional del derecho a un ambiente sano y la exigencia de protección ante los jueces, sino por las acciones positivas que adelantemos para procurarle y procurarnos esa necesaria salud ambiental, ya que iterando lo dicho por Naciones Unidas: “Si la diversidad biológica tiene un problema, la humanidad tiene un problema.” y sin el conocimiento y entendimiento del problema con el léxico adecuado, lejos estaremos de poder resolverlo. 

Referencias

[1] NUSSBAUM, Martha. Crear capacidades: Propuesta para el desarrollo humano. Barcelona: Paidós. 2012 

[2] ESPAÑA. NATIONAL GEOGRAPHIC. https://www.nationalgeographic.com.es/naturaleza/grandes-reportajes/animales-peligro-extincion_12536

[3] Ibidem

[4] Ibidem

[5] Algunos contaminantes del aire ,extraído de: IUPAC (International Union of Pure and Applied Chemistry). Organización internacional que es la autoridad reconocida en nomenclatura y terminología química a nivel mundial. Ver Bibliografía. NACAA (National Association of Clean Air Agencies). Asociación Nacional de las agencias para el aire limpio EPA (Environmental Protection Agency).


[6] COLOMBIA.  ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE. Constitución Política (4, julio, 1991). Gaceta Constitucional. Bogotá.  no. 116.
 
[7] VÉLEZ PÉREZ, Gloria Yaneth.  Los Derechos de la Naturaleza ¿Para cuándo una regulación permanente?. Revista Jurídica Digital VOZ JURÍDICA.  https://www.vozjuridica.com/columnista-abogada-gloria-yaneth-velez-perez/los-derechos-de-la-naturaleza-para-cuando-una-regulacion-permanente-columna-de-la-abogada-gloria-yaneth-velez-perez-juridicaasesora 
​
[8] Ibidem.

[9] COLOMBIA.  MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE.  https://www.minambiente.gov.co/index.php/noticias-minambiente/3274-con-catedra-ambiental-antioquia-promueve-la-educacion-inclusiva

[10] GONZÁLEZ AGUDELO, Elvia María. Sobre la Hermenéutica o acerca de las múltiples lecturas de lo real. 1a edición. Medellín. Sello Editorial Universidad de Medellín. 2007. p. 61.

[11] Ibidem; p. 62

[12] NACIONES UNIDAS.  https://www.un.org/es/observances/biological-diversity-day

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No solo es con Ciencia, también debe ser con Conciencia. Columna de la Abogada Gloria Yaneth Vélez Pérez @JuridicaAsesora

5/16/2021

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No solo es con Ciencia, también debe ser con Conciencia
 
Por: Abogada Gloria Yaneth Vélez Pérez

Muchos cambios se han suscitado en más de 200 años en relación con lo que son y deben ser los derechos de las personas. Esos derechos no surgieron de la nada máxime cuando antes de lograr su reconocimiento, lo que se tenía era el Estado Absolutista cuya particular característica es que el Estado no éramos todos, sino que estaba en cabeza de una sola persona.
 
Del Estado Absolutista pasamos a un Estado Liberal de Derecho con algunas variantes y de este Estado a uno Social de Derecho que en Colombia se adoptó constitucionalmente en 1991 con grandes aspiraciones sociales, al menos prescriptivas.
 
No obstante, 30 años después de la entrada en vigencia de la Constitución, Colombia se encuentra en una preocupante crisis, desatada por falta de tacto en el gobierno nacional que no supo escuchar a tiempo el malestar que provocó una propuesta de reforma tributaria, la cual, luego de haber sido retirada, perdió la importancia que en principio le fue otorgada, pero lo que sí empezó a tomar fuerza son las proclamas en relación con todo lo que el gobierno no ha hecho y muchas de esas deudas son deudas históricas, incluso, anteriores al nacimiento de los actuales gobernantes, así lleven gobernando 20 años.

Ahora, en relación con ¿cuánta verdad hay en lo que se reclama?, lo que se puede decir es que la desigualdad social en Colombia parece no tener remedio. Que, en efecto, hay centenares de colombianos pobres, viviendo en tugurios y en zonas de frontera económica marginal, también están en las calles, hacinados con sus familiares, llenos de deudas, muchos llenos de dolor por la muerte violenta de sus familiares y amigos, por la pérdida de sus negocios y empleos y por no ver una oportunidad distinta a hacer la fila para reclamar un subsidio o un certificado de defunción.  Y esto sumado a tratos crueles, inhumanos, degradantes, discriminatorios y excluyentes. Todo este panorama no es cuento, tiene ciencia, es decir, obedece a los resultados que muchos investigadores han mostrado y demostrado como parte de sus trabajos de grado e investigativos, de los que se deduce una abrumadora brecha entre ricos y pobres que lejos tiene la posibilidad de cerrarse, aunque se hagan paros el resto del siglo XXI y dichos paros se sustenten en toda la ciencia que se encuentre hasta ahora acumulada sobre las problemáticas sociales que aquejan con tanta fuerza a Colombia.
 
Motivos para hacer marchas, protestas y paros, sin duda, hay muchos. Ahora, para mantenerse en paro, gritar hasta lastimar las cuerdas vocales, exhibir toda la literatura posible para demostrar cada problemática y ratificar cuánta razón hay, no tiene objeción, porque abunda evidencia en cuánta investigación científica existe, pero no solo en ella, sino en toda la realidad que le sirve de sustento.
 
Y si de más ciencia se tratara, hoy Colombia acumula mandatarios, legisladores, diputados, concejales y jueces, con Maestría, Doctorado, inglés, aunque sea machacado, y en fin… una cantidad de títulos, contratos que acreditan experiencia investigativa y un cúmulo de libros, artículos, capítulos de libros, innovaciones tecnológicas y otro tanto de productos útiles para clasificarse en Minciencias, antes COLCIENCIAS, pero inútiles para mantener y recuperar orden, restablecer La Paz, la comunicación, la concordia, la cooperación, la confianza en los gobernantes y en la fuerza pública y la justicia.
 
Pero también podemos sumar ciencia asomándonos a las marchas porque en ellas también hay marchantes con idénticos títulos de maestría y doctorado y hasta con más resultados y productos de investigación, que encumbran significativamente cada reclamo y seguramente los validan con suficiente ciencia, la cual está apoyada con el arte y la cultura que vienen dispensando muchos y muchas que transitan por esos caminos y que cantan para que nada pare, pero que no paran para ser representantes cuando a dialogar en nombre de los pobres se les ha invitado, esos pobres que tienen lágrimas, pero que, a veces, no tienen palabras.
 
Lo cierto es que hay mucha ciencia en gobierno y en marchantes, pero lo que no hay, a nuestro juicio, es suficiente conciencia en ninguna de las dos partes en relación con el daño que le hace a la sociedad, a la economía, a la institucionalidad y a la democracia, no saber parar, no saber detenerse a conversar, a dialogar y a llegar a esos puntos de convergencia que pueden permitir, por vías legítimas, válidas y eficaces, un restablecimiento de la Paz, de la confianza, de la esperanza, del orden y de un poco de justicia social, menos populista como la educación superior gratuita para los estratos 1, 2 y 3 que sin empleo, transporte, alimentación y la satisfacción de otras necesidades, difícilmente podrán aprovechar de forma adecuada la oferta gratuita y terminarán marchando para reclamar lo que falta.

Y es que marchantes que obstruyen vías en nombre de la igualdad, gobierno que mata ciudadanos en nombre del orden, marchantes que destruyen bienes públicos para reclamar igualdad aunque eso implique acabar con el transporte público que nos iguala, gobierno a través de la fuerza pública con Policías acusados de abuso sexual, entre otros usos abusivos de la fuerza, son unas formas llevadas a cabo por personas, tal vez, con mucha ciencia, pero con muy poca conciencia.

Así que aunque se sumen todas las tesis doctorales y las investigaciones en las que sus resultados demuestran los estados de vulnerabilidad de la población y se cualifiquen todos los mandatarios y marchantes con títulos de científicos, lo claro es que para construir una mejor sociedad no es suficiente con la ciencia, también se requiere conciencia.
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Parar es de sabios. Columna de la Abogada Gloria Yaneth Vélez Pérez @JuridicaAsesora

5/9/2021

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Parar es de sabios
 
Por:  Abogada Gloria Yaneth Vélez Pérez

El 28 de abril de 2021, un alto número de ciudadanos colombianos decidieron salir a las calles a protestar con ocasión de una reforma tributaria que el gobierno radicó en el Congreso de la República y con la cual se pretendía gravar productos de la canasta familiar y otros como los servicios funerarios, todo lo cual causó seria y alta indignación. 
 
Las protestas expresadas mediante marchas que iniciaron pacíficas, resultaron infestadas por personas violentas que terminaron enfrentadas con la fuerza pública “violenta” del Estado, y como era de esperarse, con la consecuente afectación mutua de vidas, honras y bienes y una suerte de mutuos señalamientos en relación con la atribución de la responsabilidad. Lo triste es que son dos caras de la misma moneda las que se enfrentaron, porque todos son colombianos, además convencidos de que están luchando por la justicia y, por supuesto que seguramente es así. 
 
El propósito de lo pretendido con las protestas, que era el retiro de la reforma tributaria, fue logrado, porque el gobierno que primero optó por la fuerza, luego decidió anunciar el retiro de la reforma y acto seguido se presentó la renuncia del Ministro de Hacienda a la que nadie se opuso, porque, incluso, dicha renuncia se había convertido ya no solo en un clamor ciudadano, sino de partidos y movimientos políticos.  Esto, entonces, sumó a los logros relacionados con la protesta. 
 
Ahora bien, si ya estaban los logros ¿por qué siguen las protestas?
 
Como era de esperarse en un año en el que muchos están preparando sus aspiraciones políticas, se inició un arsenal de motivaciones ideológicas (en redes sociales y mediante artículos académicos) para que el paro no se detuviere, sino que se le diere continuidad y se le dio, sin importar qué se afectaba a su paso con respecto a la institucionalidad, a la credibilidad del ejercicio del derecho a manifestarse y a la confianza ciudadana, es decir que y acudiendo a una perspectiva kantiana, se dio un cambio de fin, que eran las personas afectadas por la reforma tributaria, quienes se convirtieron, se dejaron convertir, en un medio político y aunque siguen arengando que les motiva mejores condiciones sociales, la forma como lo hacen ya está maltratando esas condiciones sociales que dicen defender porque están acudiendo a: obstrucción de vías, quema de medios de transporte público, daños a bienes privados, obstrucción al paso de alimentos y su encarecimiento, más el aumento del riesgo de contagio del COVID-19 con el consecuente colapso del sistema de salud, sin contar el daño y afectación emocional de las familias.
 
La respuesta del gobierno a lo anterior, ha sido igual de perniciosa y ominosa, porque su forma de contrarrestar, mediante la fuerza pública y el ejército, ha implicado un uso excesivo de autoridad y fuerza con disparos a la población civil, amedrentamientos y vulneración de los derechos humanos, causando con ello mayor desconfianza en la autoridad legítima, esa que está para cuidarnos en nuestra vida, honra y bienes, pero que, aunque iza esa bandera, lo cierto es que lo que se ha configurado, a nuestro juicio, es una especie de guerra interna en la que el campo de batalla es la vía pública en dónde, medios políticos inermes, no tienen cómo enfrentar los medios políticos armados. Choque éste totalmente desproporcionado e infortunado que lo único que genera es graves heridas a la institucionalidad, a la democracia, a la confianza y al anhelo de paz que se está viendo vulnerado.
 
Es que recordemos que de acuerdo con la Constitución Política de Colombia en su Artículo 22 “la paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento.” Este derecho y deber poco o nada es reflexionado y cuando se menciona se asocia a los conocidos, pero también y al mismo tiempo, desconocidos “acuerdos de paz” porque es a ellos a los que se ha reducido el discurso sobre la paz y aunque son muy importantes, lo cierto es que no es el único aspecto que requiere la atención, porque la paz que se traduce en un estado de no conflicto, de no agresión y de no daño y en el paradigma actual centrado en una “ética del desarrollo como un camino para alcanzar la paz” tal y como lo propone la Filósofa Adela Cortina, se necesita también que se considere en otras circunstancias, entre ellas el cotidiano que se refiere a nuestro diario acontecer y que definitivamente requiere paz o, al menos, el menor conflicto y perturbación posible, por eso no en vano cuando se habla del derecho a manifestarse, se indica que es de forma pacífica y ya no lo es, porque cuando se obstruye una vía, de manera in ”directa” se violentan los derechos de los demás y eso ya no es pacífico.
 
No se duda de la importancia de una ciudadanía activa, de hecho, se comparte esta nueva forma de entenderla, porque como lo señala Chevallier en su texto el Estado Posmoderno: “la promoción de los procesos deliberativos y participativos tiende así a involucrar directamente a los ciudadanos en la elaboración de las políticas, lo cual parece dar prueba de la transición a una "democracia continua" (rousseau), que excluye toda la idea de monopolio de los representantes.” Ya que según Rosanvallon, citado por Chevallier, la ciudadanía activa supera a la simple designación de representantes encargados de administrar los asuntos del país, sin reflejar en las decisiones los fines reales del Estado,’ pero “la democracia participativa o ciudadanía activa, entraña el derecho de fiscalización sobre las políticas públicas:  la democracia  "de elección" se acompaña de una democracia " de expresión" (por la alocución), de una democracia "de implicación" (por el debate) y de una democracia "de intervención" (por la acción colectiva).”
 
En ese contexto, una ciudadanía activa está para contribuir con la corrección de acciones injustas y no para agravarlas y el gobierno con mayor razón, de allí que cuando de ambos lados lo que se recibe es el aumento de injusticias, que agravan la situación de aquellos que dicen estar defendiendo o representando, pierden, como ya lo hemos dicho en otras columnas, toda legitimación. 
 
Por lo expuesto, el llamado es a la unidad, la concordia, el diálogo y la fraternidad, porque ya hay demasiadas heridas a la gente, a la democracia, a la institucionalidad y es necesario restablecer la comunicación y un diálogo social asertivo y constructivo que devuelva confianza, esperanza y armonía.  Ya hay que parar con lo que están haciendo (manifestantes y gobierno) y empezar a dialogar y a construir de forma colaborativa, porque parar es de sabios y también lo es saber cuándo se apoya una causa y cuándo ya no debe apoyarse más, o cuándo pausar la causa para hacer balance y revisar sus efectos y sus impactos con respecto al propósito perseguido y ello requiere un alto discernimiento, pero, sobre todo, requiere despojarse de ambiciones, de egos y de manipulaciones.  Saber cuándo detenerse nunca da pérdidas y por eso se reitera: Parar es de Sabios.


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A toda marcha. Columna de la Abogada Gloria Yaneth Vélez Pérez @JuridicaAsesora

5/2/2021

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A toda marcha

​Por:  Abogada Gloria Yaneth Vélez Pérez

Marchar para protestar públicamente no está prohibido, de hecho en la Constitución está contemplado como derecho fundamental en el Artículo 37, que: “Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Sólo la ley podrá establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho.”

El ejercicio de ese derecho, sí… derecho y fundamental, decidieron ejercerlo muchos durante varios días: 28, 29 y 30 de abril y el 01 de mayo y una de las principales razones para las manifestaciones y protestas públicas, es la reforma tributaria que el gobierno impulsa con nota de urgencia en el Congreso de la República, que apodó “reforma para la solidaridad sostenible” pero que no encierra ni lo solidario, ni lo sostenible, y que por lo tanto, es un eufemismo que sirve de fachada a una antitécnica, inapropiada y desproporcionada reforma, porque el Gobierno no consideró reestructuraciones al aparato administrativo del Estado, ni acciones concretas de austeridad, sino que se volcó a afectar mínimos vitales y a no considerar programas sociales a su cargo como opciones para no generar más cargas impositivas.

Justa causa le asiste al Pueblo colombiano para mostrar repudio a esa propuesta de reforma tributaria y para deslegitimar su alcance, sobre todo porque se expide en una de las peores épocas para la economía familiar, con ocasión de los efectos e impactos negativos de la pandemia. 

Por las anteriores razones, muchos han sido los llamados al gobierno, en cabeza del Presidente Iván Duque,  para que retire la reforma, pero su posición ha sido ciega, sorda y muda, pero no lenta, porque la propuesta la radicó con mensaje de urgencia.

Esa radical postura del Presidente condujo a una alteración grave y flagrante del orden público, de la democracia y de la institucionalidad, porque todos hemos presenciado, de lejos, otros de cerca, una toma de las calles en distintas ciudades en ejercicio del derecho a manifestarse que como ya recordamos, es un derecho fundamental que por ser tal, debería estar garantizado por el Estado a través de sus autoridades legítimas, sin embargo, este derecho es más lo censurado que lo apoyado y respaldado.

Entrando en una reflexión concreta en relación con lo que quiero llamar la atención advertimos en todo lo que ha sucedido que:

Mientras el gobierno “a toda marcha” impulsa una reforma tributaria, inoportuna, antitécnica, desproporcionada e injusta, hace manifestaciones de censura a “toda marcha” que se organizó con el fin protestar y rechazar dicha reforma.

A “toda marcha” le fue comunicada una orden de una Juez de la República, que la produjo “a toda marcha” y por eso no pudo verificar los yerros ortográficos y de fecha que su renombrado auto tenía, sin embargo, los efectos de esa decisión no alcanzaron las marchas que de todas formas salieron “a toda marcha.”

La mayoría de los marchantes lanzaron sus consignas, gritaron, pintaron y sentaron su rechazo con respecto a la reforma tributaria y otros tantos y muchos reclamos que se tenían inventariados. Lo infortunado de todo esto, es que en medio de los marchantes pacíficos, entraron en escena los que no lo son y afectando a “toda marcha” emprendieron “a toda marcha” acciones de destrucción a bienes públicos y privados, atentados a las autoridades y un sin número de actos que sumaron a la inseguridad biológica que hoy se padece. Ante esto, el ESMAD y la Policía los enfrentó “a toda marcha” sin distinguir que afectaba a “toda marcha” pacífica, causando con ello vulneración de derechos humanos, más de 850 como lo reportó el Diario El Espectador en:  https://www.elespectador.com/noticias/politica/al-menos-10-personas-muertas-por-la-policia-el-balance-de-temblores-de-las-marchas/ al publicar un informe de la ONG Temblores.

Y en la aparente misma frase: “a toda marcha” y a “toda marcha” que bien leídas permiten identificar los actores que caben en una y otra, se relacionan todos los sucesos acontecidos por ambas partes y que socavan la democracia y la institucionalidad. De ambos lados se extrae un negativo balance en relación con las afectaciones y agresiones mutuas que se causaron y por ello, es necesario censurar a “toda marcha” que con el pretexto de protestar en contra del gobierno por la reforma tributaria, a su paso dañaron, destruyeron, maltrataron y hurtaron y golpearon a las autoridades, pero también merece censura el gobierno que “a toda marcha” impulsa la reforma tributaria y que no solamente se muestra indolente con los efectos e impactos que tales medidas pueden causar en la economía de las personas, que se muestra sordo a las protestas, a las reacciones de partidos y movimientos políticos y de Congresistas. Y se le censura también el abuso de la fuerza pública, las detenciones arbitrarias y las agresiones físicas a los manifestantes.

No se trata de atacar a “toda marcha” por salir a defender sus derechos, sino por no tener una logística de bioseguridad para no poner en riesgo los derechos de los demás y también por no tomar medidas para evitar que los vándalos siempre aprovechen las marchas para destruir bienes, públicos y privados, y maltratar a la autoridad.
​
Tampoco se trata de reprocharle al gobierno la gestión tributaria, de hecho es su deber, sino que lo que se le reprocha es que lidere “a toda marcha” una reforma tributaria con la pretensión de querer tapar huecos fiscales, no a partir de gestionar mejor, ahorrar, optimizar y perseguir la elusión y la evasión, sino que lo haga enfocado en el dinero de las personas trabajadoras que se esfuerzan para lograr una apretada subsistencia.

Con lo acontecido, se concluye que ni el gobierno, ni los marchantes, han cumplido con el imperativo categórico kantiano: “Obra sólo según una máxima tal que puedas querer al mismo tiempo que se torne ley universal”. Por tal motivo, ninguno de los dos extremos puede legitimarse, ni aceptarse, ni tolerarse en este caso, porque como lo dijo Tomás Mann “la tolerancia se convierte en un crimen cuando lo que se tolera es el mal”. Así que: Ni daño por parte del gobierno, ni daños por parte de los marchantes.

PD1: No obstante el rechazo a los dos extremos, se deja claro que es toda la ciudadanía, aunque no haya salido a las calles a marchar, la que está deslegitimando la injusta reforma tributaria y de paso a sus promotores e impulsores @IvanDuque y Ministro de Hacienda y los Congresistas deben, con su voto negativo, demostrar que son la representación del pueblo y no del gobierno.

PD2: Colombianos sin gobierno y gobierno sin Colombianos. Una infortunada tragedia para la democracia. Eso es lo que ha logrado la Deforma Tributaria, el gobierno le dice Reforma para la solidaridad sostenible, pero los hechos de los últimos días han probado lo insostenible que es.
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    Abogada Gloria Yaneth Vélez Pérez

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    Gloria Yaneth Vélez Pérez Abogada, Especialista en Derecho Público, Especialista en Pruebas, Especialista en Derecho Procesal Penal, Máster en Criminología y Criminalística, Magíster en Derecho Procesal Contemporáneo, Candidata a Doctora en Derecho

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