Abogados, ¿”sin ideas y sin ideales…”?
Por: Abogado Nelson Hurtado Obando
Los roles del abogado frente a la vida, la libertad, la justicia, la paz, el medio ambiente, el derecho y aún el orden legal, no pueden ser cumplidos y satisfechos frente a sí y frente a la comunidad humana, como técnico o experto. Un ser “materia-espíritu-abogado” tiene obligación al todo y prohibición de vivencia “técnica o experta”. Un abogado, no puede ser, ni convertirse en eso que Vargas Llosa, magistralmente ha dicho: “Un técnico o experto, no es más que un hombre sin ideas y sin ideales, pieza de un engranaje”.
De manera recurrente en estas últimas semanas ha apurado el acontecer de muchos hechos o incidentes viales (mal llamados “accidentes de tránsito”), que consternan al común por la crudeza de las imágenes de muchos de ellos y que avivan abundantes “pulsiones innovadoras” en autoridades y abogados que culminan en “campañas publicitarias, de marketing, de marca, anunciando y poniendo en ejecución “definitivos controles técnicos y expertos” a la matazón que hace 124 años ocurre, sin parar y sin posibilidad real de “hacerla cero víctimas”. Desearíamos leer esta columna en 10 años y saber que hoy estábamos equivocados.
En esa “pulsión innovadora” y por causa de los hechos o incidentes viales, autoridades y lo más grave, muchos abogados se han dispuesto a jugar, en el “juego de técnicos y expertos”, un juego con candela que inician pervirtiendo el lenguaje, persistiendo en llamar “accidente de tránsito”, a lo que no es un accidente y ya yendo más lejos, pretendiéndolos llamar “siniestros viales” con “una o dos fatalidades” como “producto”, refiriéndose así a las víctimas que en ellos perecen, tal como lo hace la autoridad de tránsito de @BogotaTransito “A Esta Hora se presenta siniestro vial con fatalidad en…”
Así, entre autoridades y abogados “técnicos y expertos” en “siniestros viales y fatalidades”, en el “juego incinerador del lenguaje”, se difumina y diluye la compleja realidad humana, sociológica, económica, política, filosófica, en general antropológica que se estructura a partir del lesionamiento o muerte de una persona como consecuencia de un hecho o incidente vial.
Hace algún tiempo, el maestro Javier Tamayo Jaramillo, en uno de sus escritos se refería al tema del lenguaje en materia jurídica y de administración de justicia, como factor desencadenante de inseguridad jurídica, que en no pocos casos origina corrupción y justicia por manu propria.
En ese hilo de “técnicos y expertos” y habitando actualmente en la moderna “Caverna de Platón”, tecnologizada e innovada, tantísimo ocupados “viendo pasar imágenes como si se tratara del mundo real”, bien vale la pena traer a Confucio, que nos repite: “Si falla el lenguaje lo que se dice no es lo que se piensa. Si lo que se dice no es lo que se piensa, entonces las obras no llegan a realizarse. Si las obras no llegan a realizarse entonces no florecen la moral y el arte y si no florecen la moral y el arte entonces se desvía la justicia y si la justicia se desvía entonces todo el país anda a la deriva».
Bastaría, acercarse al DRAE, para entender porqué esos hechos o incidentes viales, no son “siniestros”, ni porqué los lesionados o muertos en ellos, ni se pueden llamar, ni menos desde el bioderecho contarlos como “una, dos, tres fatalidades”.
El término “siniestro” vial, es propio y exclusivo de la jerga aseguradora, hecha de “tablas de distancias de frenado, abolladuras, efracciones…etc”, “Tablas y fórmulas de indemnizaciones”, que concretan el beneficio económico de la “letra menuda” de contratos y exclusiones, término que incluso en nuestro sistema legal, por su uso, podría, podría llamarse una “excepción” a la entidad misma de lo que es el “riesgo asegurable”, a sus condiciones y circunstancias de existencia.
De este modo, la academia, las autoridades, los “abogados técnicos y expertos en siniestros viales”, ¿están generando la suficiente reflexión sobre la entidad misma de las lesiones y la muerte, ocurridas en hechos o incidentes viales? ¿Será que todos en manada andan presurosos tras la “bondad y los beneficios” de la transacción y la conciliación rápida y el pronto “pago del precio del lesionado o del muerto? ¿Será que todas las especies de perjuicios originados en “siniestros viales”, son conciliables con las aseguradoras, sin faltar a la lealtad a las víctimas que se representan?
Está bien que para las personas comunes y corrientes y para los “abogados técnicos y expertos” todo esos desgraciados eventos que ocurren en las vías urbanas y rurales, sean “accidentes de tránsito”, lo que nunca estará bien para un abogado que al menos tienda a ejercer su rol, desde la que debe ser la integralidad de su formación y para poder ejercerlo, en eventos de responsabilidad penal y civil provenientes de hechos o incidentes viales, desde la comprensión y la adscripción a ese plexo cognoscitivo en que ocurren: físico, filosófico, sociológico, económico, político, antropológico, del que hacen parte como víctimas, de un lado, padres hermanos, viudas, huérfanos, pero también desde el otro lado: conductores, propietarios de autos y empresarios de transporte, el sistema de seguridad social, etc.
Jamás un “abogado No experto en accidentes viales”, emitirá por redes y frente a un video de un “accidente de tránsito”, ni siquiera cercano juicio fáctico y de menos de responsabilidad penal o civil, pues si en algo no admite discusión la sentencia de A. Saint de Exupery, es respecto de hechos o incidentes viales, aquella que dice: “Lo esencial es invisible a los ojos…”; colegas abogados, no hay que perder el corazón. Hay abogados que continúan siendo estudiosos-estudiantes, tenemos brillantísimos maestros que seguimos consultando o leyendo en sus obras portentosas, a los que jamás ofenderíamos llamándolos “técnicos o expertos”; el derecho no es una tecnicatura.