¡Todos contra el ruido en la propiedad horizontal!
(Parte 1)
Por: Abogado Nelson Hurtado Obando
Desde hace unos nueve o diez años venimos batallando contra el ruido desde los salones de clase, conferencias, columnas y redes sociales y hemos dicho que día a día, crecen a nivel mundial las expresiones de desaprobación y rechazo contra la invasión del ruido, a la que no escapa nadie, todos expuestos al ruido por igual, unos con mayor o menor intensidad, en horas diurnas, nocturnas y al amanecer, ruidos persistentes, repetitivos, monótonos, sin sentido, sin causa que los justifique.
Señalamos en su oportunidad y destacamos que fuera la concejala de Medellín Aura Marleny Arcila quien liderara en la ciudad la iniciativa contra el ruido, como señalamos y destacamos ahora que la continúe el concejal Daniel Carvalho.
No obstante la trascendencia de las iniciativas contra el ruido en las ciudades, como factor de violencia y de enormes daños a la salud, con respeto insistimos en sostener que es una campaña, una iniciativa, que aunque plausible, no alcanza a abordar o encarar ni tan siquiera la mitad del problema que el ruido genera principalmente como daño a la salud y como factor detonante de otras violencias que ocurren en la propiedad horizontal y de las cuales poco o nada “saben las estadísticas de las autoridades”, las mismas que ni tan siquiera han querido acompañar las iniciativas particulares emprendidas por los propios ciudadanos. Al punto puede escucharse el podcast en www.estudiojuridicoradio.com “Ruido en Propiedad Horizontal” del mes de enero de 2020
Se destacan, en todas esas expresiones mundiales de rechazo al ruido, las razones, los motivos, las causas fundamentales y plausibles, soportadas en numerosos y avanzados estudios que señalan al ruido, como un factor multicausal desencadenante de diversos y numerosos daños a la salud, en los componentes físico, psíquico y neurológico de las personas y de los demás seres vivos.
El ruido está presente en todas partes y más en las ciudades actuales: las cornetas de un camión, el pito de un auto, el ruido de los motores de camiones, de autos y de los aviones que surcan el cielo, el ruido motos de alto cilindraje y sin silenciador que irrumpen a altas horas de la noche o de la madrugada por las vías públicas, interrumpiendo el sueño de numerosas personas.
El ruido como tal, es una de las formas de energía cinética y es signo de un mundo en movimiento, energía que en términos de la física está realizando un “trabajo”, especialmente sobre todos los seres vivos en los que se transforma en evidentes daños y deterioros a sus sensibles estructuras físicas, psíquicas y neurológicas.
En las ciudades modernas, cada una de nuestras viviendas se encuentran repletas de ruido de afuera y de ruido de adentro, cada uno proveniente de distintas fuentes fijas y móviles.
RUIDO DOMÉSTICO y RUIDO NO DOMÉSTICO.
Para entrar en materia, nos vamos a referir en general al llamado “ruido doméstico”, al ruido que se produce adentro de cada vivienda y en el contexto del diario discurrir de cada familia que la habita y que denominaremos ruido doméstico; no obstante, empezamos por significar que: no todo ruido que se produce en el interior de una vivienda, es ruido doméstico.
Entre la variedad del ruido que puede clasificarse como “ruido doméstico”, hallamos, por ejemplo: el que hace la olla a presión usada para la cocción de alimentos cuando se acciona la válvula de alivio o de escape, la fregada de utensilios de cocina en el lavaloza, la caída de un vaso, de un pocillo, de un plato, de una cuchara, del jarrón que cae y se rompe, de una puerta abatida por el viento que se cierra abruptamente, etc.
El ruido como tal, es una de las formas del sonido y del que se diferencia cualitativamente en tanto que el ruido es un sonido sin armonía.
Normalmente, cuando por el sentido del oído percibimos un ruido, se activan los mecanismos de alerta que generalmente nos predisponen a una reacción de defensa. Ante los ruidos domésticos, habituales, normales, no es usual la reacción de alerta, ni la actitud defensiva.
En contexto y en el interior de cada vivienda, se están produciendo otros ruidos que no pueden calificarse de ruidos domésticos y que se generan en la forma actual en que habitamos la ciudad. Nos referimos a los ruidos no domésticos en la propiedad horizontal.
La vivienda en propiedad horizontal, es la respuesta que el crecimiento de las ciudades ha encontrado a la escasez de suelo urbano y aunque ofrece soluciones a la demanda de vivienda y podría decirse que integra otros valores agregados, no es menos cierto que ha transformado los modos de habitar de las personas y de las familias y ha generado en su interior no pocos focos de inseguridad y de violencia, numerosos factores de perturbación de la paz y el sosiego domésticos, de la calidad de vida y de la dignidad humana, los que aún no merecen la atención relevante, por parte de los administradores de la propiedad horizontal, ni por parte de las autoridades públicas: inspectores de policía, comisarios, etc. y mucho menos por parte de las autoridades de salud de las ciudades.
Sabemos que la propiedad horizontal, en su forma más clara, consiste en la superposición de varios pisos o de pisos puestos unos encima de otros y cuya edificación final sobresale por su altura. En cada piso pueden existir dos, tres, cuatro apartamentos, que a su vez estarán habitados por dos, tres o cuatro familias diferentes, en cada piso superior y en cada piso inferior.
Cada familia, por tanto, será la titular del derecho real de dominio o de propiedad privada sobre el apartamento que habita y podrá decir orgullosa: es mío, es mi propiedad privada y con la certeza que la Constitución de Colombia y las leyes así le protegen para que pueda usar, gozar y disponer de ella, pero no arbitrariamente.
Así, en la propiedad horizontal, los copropietarios suelen tener una especial y regular preocupación por el buen funcionamiento de: la piscina, de la zona de juegos infantiles, de la pista de trote, del salón social, del gimnasio, de los ascensores, de la portería, del aseo general, de los jardines y con mucha propiedad los identifican, como los BIENES COMUNES de la unidad residencial, como los más valiosos, los que más confort, gratificación, placer y comodidad reportan, los que más calidad de vida procuran.
Pero, en la propiedad horizontal existen otros BIENES COMUNES, que no se ven, que no gastan expensas comunes regularmente, que no se les hace mantenimiento, no se pintan, no se podan y que ignoramos y que a la postre son los BIENES COMUNES, más significativos y más valiosos en toda unidad residencial en propiedad horizontal; nos referimos a ese BIEN COMÚN denominado LOSA, que materialmente es el piso del apartamento del piso superior y al mismo tiempo es el techo del apartamento del piso inferior. El valor (no el precio, ni el costo) de esta losa, que es piso y techo, no proviene de su estructura física, sino que proviene o se origina de su destinación social, de su poder de mediar la interrelación y la interacción entre las personas del piso superior y las personas del piso inferior y en general en el conjunto residencial.
No obstante, en esa losa, que es piso y techo para dos familias distintas, es donde se ubica el mayor núcleo de inseguridad, de agresión y de violencia, entre vecinos y no porque dicha losa siendo de concreto, sea muy delgadita o sea muy gruesa.
Es por causa de las anteriores inseguridad, agresión y violencia generada entre pisos de una propiedad horizontal, que hemos atendido en consulta profesional a muchísimas personas, que se caracterizan por pertenecer a familias que habitan en pisos inferiores en propiedad horizontal y cuya pregunta de consulta típica y recurrente es: “qué podemos hacer contra el ruido del vecino del piso superior que no deja dormir, que no deja descansar, que no respeta que uno esté enfermo, que no atiende siquiera ni pidiéndole el favor”.
Escuchemos el podcast en www.estudiojuridicoradio.com “Ruido en Propiedad Horizontal” (Continúa la semana próxima la parte 2)