• Voz Jurídica
  • Editorial
  • Columnistas
    • Columnista Abogado Nelson Hurtado
    • Columnista Abogada Gloria Yaneth Velez Perez
    • Columnista Manuel Esteban Florez Insignares
    • Columnista Abogado Gabriel Fernando García Morales
    • Columnista Abogada Diana Muñoz Castellanos
    • Columnista Abogada Beatriz Suarez Duque
    • Columnista Abogada Clara Patricia Cano
    • Columnista Abogado John Reymon Rúa Castaño
    • Columnista Abogado Keivin Cardona Theran
    • Columnista Victor David Aucenon Liberato
    • Columnista Abogado Adrián Argüelles Pertuz
    • Columnista Abogada Paola Marcela Gil Morales
    • Columnista Abogado Jorge Eduardo Fonseca Echeverri
    • Columnista Francisco Javier Castellanos Romero
    • Columnista Abogada Zinzi Melissa Cuesta Romaña
    • Columnista Ocasional Abogada Coleen Krijgsman Miranda
    • Columnista ocasional Abogado Sergio Luis Mondragón
    • Columnista Abogado César Alejandro Osorio
    • Columnista Abogada Cathalina Sánchez
    • Columnista Abogado Alejandro Sánchez
    • Columnista Abogado Fernando Soto
  • Principios y Derechos
    • Derechos Sociales, Económicos y Culturales
    • Derechos Ambientales >
      • Normas sobre medio ambiente
    • Mecanismos de defensa
    • Servicios Públicos >
      • Sobre Educación
      • Sobre Educación >
        • Marco juridico constitucional de la educación en Colombia
  • Enlaces de interés
    • Entrenamiento y Oportunidades
    • Sistema Único de Información Jurídica
    • Rama Judicial >
      • Corte Constitucional
      • Consejo de Estado
    • Senado de la República Colombia
    • Cámara de Representantes Colombia
    • Congreso Visible
    • Contraloría General de la República
    • Procuraduría Generla de la Nación
    • Súper Industria y Comercio
    • Ministerio de Educación
    • Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
    • Ministerio de MInas y Energía
    • Reforma a la Salud Colombia
  • Abogados
  • Contáctenos
  • TÉRMINOS DE USO DEL PORTAL VOZ JURÍDICA
vozjuridica.com

Constituyente e ingenuidad democrática. Columna del Abogado Nelson Hurtado Obando. Red X: @abogadohurtado

3/23/2024

0 Comentarios

 
Foto


Constituyente e ingenuidad democrática. Columna del Abogado Nelson Hurtado Obando. Red X: @abogadohurtado

En una interactuación en la red “X”, compartimos sobre un tema de vital importancia para nuestro país. Expresé mi preocupación ante el anuncio del presidente Petro de convocar a una constituyente en caso de que el Congreso de la República no apruebe sus propuestas de reforma en áreas cruciales como la salud y el ámbito laboral, entre otras.
 
Algunos constitucionalistas desestiman la magnitud del anuncio presidencial, considerándolo más una estrategia política que una posibilidad realista. Explican con claridad meridiana que el proceso para convocar una constituyente es sumamente complejo y que, además, el Congreso no estaría inclinado a aprobarla, dada la falta de mayorías del presidente en dicha institución.
 
Sin embargo, las preocupaciones no se detienen en el ámbito meramente constitucional. El contexto político actual de Colombia se encuentra profundamente alterado por las acciones del presidente, quien parece abrazar la constante provocación a la insubordinación. A menudo, apela a lo que denomina "su pueblo", una amalgama heterogénea pero perfectamente identificable como los sectores y grupos violentos, como las mingas indígenas y la denominada "primera línea". Este último grupo, del cual el presidente afirmó ser miembro en Cali, representa una manifestación preocupante de desorden y confrontación violenta.
 
Es imperativo recordar que Petro como respuestas a los desafíos políticos profiere amenazas a la prensa y en general a los medios, al Congreso de la República, a las Cortes de Justicia las que jamás se han encontrado ajuste en el respeto a la Constitución y a la ley y ni siquiera a las buenas maneras. 
 
Con respecto al señor Petro, es crucial reconocer que aquellos de nosotros que valoramos la democracia y poseemos cierto conocimiento jurídico, especialmente en el ámbito constitucional y la preservación de la Constitución, no podemos confiar ingenuamente en la falta de mayorías del presidente en el Congreso como salvaguarda suficiente. 
 
Es evidente para el pueblo colombiano que el Congreso, en general, carece de la fortaleza moral y ética necesaria para resistir las presiones de las llamadas "mayorías" cocinadas al calor del presupuesto, la burocracia diplomática, la burocracia estatal común, el nepotismo, los contratos, la corrupción, así como las alianzas, consensos y complicidades con grupos de presión, incluidos aquellos de naturaleza violenta, por los cuales el propio presidente se enorgullece de pertenecer o sentir simpatía.
 
Es importante destacar que para muchos ciudadanos persiste la creencia de que la Constituyente de 1991 fue legítima, pero es fundamental comprender que no fue simplemente el resultado de la llamada "séptima papeleta" ni de la constitucionalidad y/o conformidad legal de un decreto presidencial de convocatoria, y sí el fruto de procesos de reforma constitucional influenciados desde el ámbito internacional y con marcadas inclinaciones hacia modelos de corte socialista. Por tanto, insistimos en que la Constitución de 1991 representó apenas el primer paso o la piedra angular de lo que hoy enfrentamos en Colombia, un panorama que se encuentra sólidamente arraigado en otros países de América Latina. Se trata de una Constitución rígida, pero, lo suficientemente plástica para la ideología izquierdosa en la que cabe y han logrado incorporar vía interpretación, desarrollo y aplicación legal.
 
La ingenuidad democrática, incluso cuando se combina con una sólida formación jurídica, no pueden servir como anteojeras de caballos cocheros ni como tapabocas para ignorar el hecho de que Petro, como ferviente marxista con una obsesión compulsiva, que lo último que necesita es adherirse estrictamente a los mandatos constitucionales y legales. Desde el mismo día de su posesión ha demostrado una interpretación flexible de estos mandatos, adaptándolos a su manera y según su visión, lo cual revela la plasticidad de la que está impregnada nuestra Constitución rígida de 1991, moldeada por corrientes ideológicas de izquierda al momento de su promulgación y su desarrollo y aplicación en tan distintas leyes.
 
Es esencial reconocer que Petro, como exponente de un enfoque político marcado por el marxismo, tiende a desafiar los límites establecidos por la ley y la Constitución, buscando remodelar las instituciones de acuerdo con su visión particular. Este comportamiento no es sorprendente, dado su trasfondo ideológico y su enfoque autocrático no ajeno a los mandatos del Foro de Sao Paulo y de Puebla, ni a los dictados del llamado progresismo. 
 
El quiebre de la separación de poderes, del equilibrio entre las ramas del poder público y del sistema de pesos y contrapesos ha sido una realidad evidente en múltiples ocasiones protagonizadas por el señor Petro. Nada lo ha detenido para impulsar marchas de grupos violentos en contra de la Corte Suprema de Justicia y el Congreso. Es particularmente flagrante su exigencia casi coercitiva al Congreso para que apruebe todas sus reformas, bajo la falacia de que estas cuentan con el respaldo absoluto de "su pueblo", que apenas representa una fracción minoritaria de la población total con derecho a sufragar, cifrada en cerca de 38 millones de ciudadanos. Es necesario reconocer que esta pretensión de imponer su agenda política de manera unilateral, desafiando las instituciones democráticas y el debido proceso legislativo, constituye una seria amenaza para la estabilidad y la legitimidad de nuestro sistema democrático.
 
En el preciso instante de redactar esta columna, se informó que Petro había dado la orden a las mingas indígenas y a la "primera línea" para que inicien los preparativos con miras a convocar una asamblea constituyente. Esta decisión, de confirmarse, representaría un giro peligroso en el panorama político de nuestro país, pues no es nada distinto a introducir un principio inamovible del marxismo radical, la apelación al “poder constituyente” que parece ser que la inmensa mayoría no capta, ni trasciende.
 
La convocatoria a una constituyente no puede tomarse a la ligera, Petro no va por una constituyente “reformista” sino por una que implica una reconfiguración fundamental de nuestro ordenamiento jurídico y político en especial del modelo económico capitalista. Sin embargo, la orden de Petro parece indicar un intento de imposición unilateral de su agenda política, sin el debido respeto por los procedimientos establecidos en nuestra Constitución y en el marco legal.
 
Este tipo de acciones no solo socavan la legitimidad de nuestras instituciones democráticas, sino que también aumentan la polarización y la conflictividad en la sociedad. Es necesario que todos los actores políticos actúen con responsabilidad y respeto por el estado de derecho, buscando soluciones mediante el diálogo y el consenso, en lugar de recurrir a medidas unilaterales que solo profundizan las divisiones y la inestabilidad.
 
Petro conoce todas las desventajas que representan no tener mayorías en el Congreso, pero a su vez conoce las desventajas cualitativas del mismo Congreso; conoce Petro que no tiene las mayorías en el pueblo colombiano, pero, conoce las desventajas de su ingenuidad democrática y sus desventajas cualitativas : civismo, civilidad, no violencia y fortaleciendo otras desventajas incluso a punta de “carrotanques” y en este escenario Petro arremete apelando a la porción infame de “su pueblo violento” para impulsar la constituyente. ¿Cómo fiarnos que se ajustará a los mandatos constitucionales y legales o que su finalidad sólo estará limitada a “sus reformas”? ¡Ni ciegos, ni sordos que fuésemos!
 
Mala leche es que además las “élites” locales ya trinen que la constituyente sería la oportunidad de reconstituir a Colombia como una República Federal, esto es decirle a Petro ¿qué nos da y le damos?, no importa que hasta Antioquia se quede sin mar.
 
Un marxista no ama, ni defiende la democracia a pesar del discurso estratégico justicialista, populista; no ama, ni defiende la libertad, no ama, ni defiende la propiedad privada, no ama, ni defiende al empresario; no ama, ni defiende la libertad, no ama, ni defiende la dignidad humana, sólo ama y defiende el “estado, vaca lechera” mientras la vaca y la leche sean sólo suyas y de su “cuerpo élite”. De eso se trata la convocatoria al “poder constituyente”.
 
Siempre hemos sostenido que una Constituyente no tiene límites.
 
0 Comentarios



Deja una respuesta.

    Voz Juridica.com

    ISSN 2256-5051

    Columnista On Line

    Abogado Nelson Hurtado Obando

    Imagen
    Abogado Nelson Hurtado Obando [email protected]

    A continuación por fechas encuentre todos los Artículos del Abogado Nelson Hurtado Obando

    Abril 2024
    Marzo 2024
    Febrero 2024
    Enero 2024
    Diciembre 2023
    Noviembre 2023
    Octubre 2023
    Julio 2023
    Junio 2023
    Mayo 2023
    Abril 2023
    Marzo 2023
    Febrero 2023
    Diciembre 2022
    Noviembre 2022
    Octubre 2022
    Agosto 2022
    Junio 2022
    Mayo 2022
    Abril 2022
    Marzo 2022
    Febrero 2022
    Enero 2022
    Diciembre 2021
    Noviembre 2021
    Octubre 2021
    Septiembre 2021
    Agosto 2021
    Julio 2021
    Junio 2021
    Mayo 2021
    Marzo 2021
    Febrero 2021
    Enero 2021
    Diciembre 2020
    Noviembre 2020
    Octubre 2020
    Septiembre 2020
    Agosto 2020
    Julio 2020
    Junio 2020
    Enero 2014
    Diciembre 2013
    Noviembre 2012

    Acceda a otras columnas del autor

    Canal RSS

Información de interés

"Este es un portal de Investigación, formación e información jurídica con ISSN que incluye espacios de opinión destinados a Abogados Columnistas, Blogueros y similares. Las opiniones expresadas en sus columnas y escritos pertenecen exclusivamente a los autores que voluntariamente han querido participar remitiendo un escrito o columna al medio de formación e información jurídica Voz juridica.com y no reflejan, necesariamente,  la opinión o posición de Voz Juridica.com.

Contáctenos en: [email protected] y en el teléfono: 3108371657 - Recuerde que este sitio se encuentra protegido por el derecho de propiedad intelectual - lea los términos y condiciones de uso - Copyright © Grupo de Investigación Sociojurídica GI-IURE - Webmaster: VÉLEZ PÉREZ, Gloria Yaneth