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No a un gobierno de los jueces, pero si los excesos de la fuerza pública están ahí ¿por qué no procede el gobierno a pedir disculpas?. Columna de la Abogada Gloria Yaneth Vélez Pérez @JuridicaAsesora

9/27/2020

1 Comentario

 

No a un gobierno de los jueces, pero si los excesos de la fuerza pública están ahí ¿por qué no procede el gobierno a pedir disculpas?

Por:  Abogada Gloria Yaneth Vélez Pérez

Recientemente la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia ordenó medidas para garantizar derecho a protesta pacífica, esto lo hizo en la sentencia con radicado https://cortesuprema.gov.co/corte/wp-content/uploads/2020/09/11001-22-03-000-2019-02527-02-STC7641-2020.pdf

De forma concreta ordenó al Ministro de Defensa pedir disculpas por los excesos de la fuerza pública y al Presidente la expedición de una suerte de protocolos para, groso modo, garantizar el ejercicio de la protesta sin violencia. (el lector puede leer la sentencia para conocer todos los detalles).

Sin duda, a lo que la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia se refirió es a unas medidas que, de un lado, son necesarias como buenas prácticas de la administración, pero que, del otro lado, son asuntos del resorte exclusivo de la rama ejecutiva.  Ahora, es altamente infortunado que tenga que expedirse una sentencia judicial para recordarle al Ejecutivo los mínimos que debe llevar a cabo para garantizar el ejercicio pleno de un derecho constitucional fundamental.  Y es infortunado porque por el hecho de que ello provenga de la decisión de un Juez, hace que ese juez desborde su competencia de administrar justicia y pase a la de la administración por dictar lo que se debe hacer en tal escenario cuando su deber es la protección jurídica de los derechos, que no se protegerán automáticamente porque se apliquen sus mandatos de política institucional, cuya competencia no le corresponde.

Y no es que el gobierno no deba tomar medidas e incluso esas mismas medidas, lo que no debe suceder es que las tome por la decisión de quien no es el competente para ordenar el qué, el cómo y el cuándo y menos sin los estudios que respalden que aplicar ese qué, ese cómo y ese cuándo, sí eliminarán las causas para evitar vulneraciones de derechos en situación similar.

Un Juez de la República no debe coadministrar y de hecho se cree que cada que el Juez decida coadministrar vulnera la Constitución, porque la actividad de coadministrar le implica a ese Juez tomar partido en favor de una situación particular, la cual, si no responde a la garantía del derecho cuya protección se pide, sino a un asunto de política institucional, lo ubica en una vulneración de la imparcialidad.

Ahora bien, tal comportamiento del juez no puede liberar al gobierno de las obligaciones que se le están desvelando, por lo tanto el accionar del juez no obsta para que, al menos en ciertos casos concretos en los que lo que se intuye es un deseo por reposicionar a la población civil a un estado de esperanza y confianza en el gobierno, ese gobierno no proceda, de un lado a procurar que el juez retome su lugar y, del otro lado, a tomar acción para devolverle a las personas que han sufrido grave daño por los excesos de algunos o muchos, ya no se sabe, de la fuerza pública, la confianza mediante el reconocimiento de los errores y la promesa de evitarlos mediante mejores prácticas.  Es que la compasión, la piedad y la consideración no son un asunto de izquierda, de derecha o del centro indefinido o indeterminado, sino los mínimos éticos interpersonales y de un buen gobierno que se dice democrático, participativo, pluralista, fundado en el respeto de la dignidad humada, en la solidaridad y en que las autoridades públicas están para proteger a las personas en su vida, honra y bienes.

Y es que el sistema de pesos y contrapesos debe implicar la moderación y el equilibrio de cada una de las ramas del poder, en donde cada una se ajuste a su objeto y deber funcional y no a compromisos políticos o posturas egoístas que las distraigan de la sociedad a la que deben servir y no someter, ni que las impulsen a dictarle a la otra lo que debe hacer en una forma que excede el hacer que le es propio, pero tampoco puede desconocerse que entre ellas hay un deber de colaboración armónica.

No debe olvidarse que en cada gobernante hay una promesa sellada y consolidada con la sociedad civil y con mayor razón si se trata del Presidente de la República que tiene la calidad de Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa. Él es el jefe de la fuerza pública y por lo tanto quien la dirige. Pero la fuerza pública no es quien elige al presidente, de hecho tiene prohibido votar, aunque no disparar, contrario a los ciudadanos que no lo pueden hacer.

Cuando el pueblo elige presidente lo hace con la firme esperanza de que defenderá la Constitución, reconocerá al pueblo como el soberano y procurará su bienestar, prosperidad y seguridad, además de que gestionará para que sus derechos se cumplan cada vez más.  En ese sentido, ¿Por qué no pedir disculpas, con sentencia o sin ella, por los excesos, negligencia y abusos de la fuerza pública que han afectado a la población civil? ¿Por qué no reconocer en un acto de humildad, entereza y compasión que hay una población civil afectada y otra desconcertada y que más allá de la ideología política espera un gobierno comprometido con los postulados constitucionales?

En todo caso, ni jueces que legislen, ni jueces que administren, pero tampoco un gobierno dictador o negligente y ajeno al clamor del pueblo elector (soberano) e indiferente ante el dolor de los que sufren y reacio a pedirle disculpas por los excesos de la fuerza pública cuya dirección le corresponde.  Así entonces se insiste:  No al gobierno de los Jueces, pero si los excesos de la fuerza pública están ahí ¿Por qué no procede el gobierno a pedir disculpas?
1 Comentario
John reymon
9/27/2020 07:47:22

La protesta sin violencia está garantizada, pero no debemos soslayar los vándalos infiltrados, entrenados y expertos en sembrar el caos. Esos son los responsables de las actuaciones reactivas de la policía.Ponerle coto a los desmanes, en ocasiones puede superar los límites de la prudencia

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    Gloria Yaneth Vélez Pérez Abogada, Especialista en Derecho Público, Especialista en Pruebas, Especialista en Derecho Procesal Penal, Máster en Criminología y Criminalística, Magíster en Derecho Procesal Contemporáneo, Candidata a Doctora en Derecho

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