La Conferencia de Estocolmo y sus importantes deliberaciones y conclusiones en relación con el medio humano y el cuidado del medio ambiente, cumple 50 años el 5 de junio de 2022 y en ese sentido, recordar el deber colectivo de cuidarlo, protegerlo y garantizarlo no debe pasar de largo. Este año Naciones Unidas para conmemorarlo creó el lema “Una sola Tierra” con el objetivo de promover una vida más limpia, sostenible y en armonía con la naturaleza.
Particularmente he sostenido en varios escritos que los derechos no se deben reducir a un solo día, sino que ellos deben ser protegidos, reconocidos y garantizados todos los días, ya que dedicarles un día, si bien no sobra para conmemorarlos y reflexionar sobre su importancia, no deja de crear el riesgo de olvidarlos el resto del tiempo, ya que si bien: “En cada uno de esos días se suscitan, muchas veces, marchas, arengas, consignas, actividades académicas, menciones en diarios de amplia circulación y en otros de menor y, algunas veces, se obtiene un pronunciamiento de los gobernantes de turno en el orden nacional, regional y local, aunque no más allá de 280 caracteres que no alcanzan para cubrir las escasas 24 horas que la conmemoración o celebración tiene reconocida (esa es su cobertura)”[2] lo cierto es que un día no alcanza para dimensionar la relevancia que un derecho tiene y la atención que requiere, el medio ambiente en este caso, sobre todo cuando ya la naturaleza ha sido reconocida como sujeto de derechos en emblemáticas sentencias que abordaron como objeto de estudio y análisis: el Río Atrato (Sentencia T-622-2016 en la que se abordan retos teóricos en tanto se protege al río y a las comunidades étnicas ante el extractivismo y la deforestación), la Amazonía (Sentencia STC 4360-2018 en la que se protege a generaciones futuras y la selva amazónica en un caso sobre cambio climático y resalta tres principios fundamentales: precaución, equidad intergeneracional y solidaridad) y el Parque Nacional de los Nevados (Sentencia de segunda instancia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, en agosto de 2020).
Si bien el reconocimiento de la Naturaleza como sujeto de derechos ocurrió 44 años después de la Conferencia de Estocolmo, no deja de ser un avance para Colombia que esto haya sucedido porque implica que nada debe escapar a reflexionar, entre otros, sobre el cambio climático, la deforestación, la restauración y recuperación de ecosistemas.
Cuidar el medio ambiente y sanarlo es un deber colectivo y, como él es apolítico, vuelvo a llamar “la atención sobre la importancia del medio ambiente, pero sobre todo del medio ambiente sano, que goza no solo de un reconocimiento constitucional como derecho colectivo, sino que conforme a lo dispuesto por la Corte Constitucional, es más que eso y así se extrae claramente de la sentencia C-449 de 2015 en la que “ha explicado la Corte que la defensa del medio ambiente sano constituye un objetivo de principio dentro de la actual estructura del Estado social de derecho. Bien jurídico constitucional que presenta una triple dimensión, toda vez que: es un principio que irradia todo el orden jurídico correspondiendo al Estado proteger las riquezas naturales de la Nación; es un derecho constitucional (fundamental y colectivo) exigible por todas las personas a través de diversas vías judiciales; y es una obligación en cabeza de las autoridades, la sociedad y los particulares, al implicar deberes calificados de protección. Además, la Constitución contempla el “saneamiento ambiental” como servicio público y propósito fundamental de la actividad estatal (arts. 49 y 366 superiores).”[3]
Por lo anterior y dado que proteger el medio ambiente es un deber colectivo, el lenguaje medio ambiental no puede tenerse como un asunto caprichoso o de moda y tampoco como una jerga mal usada. En tanto lenguaje es un sistema de signos y de palabras que ya ha sido visibilizado por los expertos en la materia y ha logrado una consideración idónea para ser tratado, así que, una forma de empezar a respetar el medio ambiente es apropiando los términos y el lenguaje particular que lo caracteriza, máxime que el medio ambiente leído en el contexto de la naturaleza como sujeto de derechos, demanda conocimiento para poder interactuar debidamente. Por ejemplo, para este 5 de junio de 2022, como se indicó, Naciones Unidas optó por el lema “Una sola tierra” y eso es coherente con los nombres que a la tierra le han sido brindados en algunos escenarios con influencia en lo ambiental: el Papa Francisco en la encíclica Laudato Si, la llamó la casa común y las poblaciones indígenas le dicen a la tierra la pacha mama que traduce madre tierra o madre del mundo. Esto, sin duda, evidencia que se coincide en la importancia que tiene la tierra para la vida de todas las especies.
Siendo así, coincidencia hay en el medio ambiente como principio, derecho y deber colectivo y en consideración a que el medio ambiente no le pertenece a ningún partido o movimiento político o a las revelaciones políticas del momento de cara a unas elecciones, todos, todas y todes debemos y tenemos que ser ambientalistas, no solo por convicción, sino por necesidad individual y por solidaridad colectiva.
Procuremos un medio ambiente apolítico para que su cuidado, restauración conservación y reparación sean puntos que nos unan como seres humanos y no permitamos que el medio ambiente sea “a político” que le convenga para usarlo como bandera a fin de lograr sus ambiciones de poder.
Referencias:
[1] BBVA. ¿Qué es el medio ambiente y por qué es clave para la vida?. https://www.bbva.com/es/sostenibilidad/que-es-el-medioambiente-y-por-que-es-clave-para-la-vida/
[2] VÉLEZ PÉREZ, Gloria Yaneth. No reduzcamos los derechos a un solo día. https://www.vozjuridica.com/columnista-abogada-gloria-yaneth-velez-perez/no-reduzcamos-los-derechos-a-un-solo-dia-columna-de-la-abogada-gloria-yaneth-velez-perez-juridicaasesora
[3] VÉLEZ PÉREZ, Gloria Yaneth. ¿El medio ambiente INSANO quién lo sana? Principio de rigor subsidiario. https://www.vozjuridica.com/columnista-abogada-gloria-yaneth-velez-perez/el-medio-ambiente-insano-quien-lo-sana-principio-de-rigor-subsidiario-columna-de-la-abogada-gloria-yaneth-velez-perez-juridicaasesora