• Voz Jurídica
  • Editorial
  • Columnistas
    • Columnista Abogado Nelson Hurtado
    • Columnista Abogada Gloria Yaneth Velez Perez
    • Columnista Manuel Esteban Florez Insignares
    • Columnista Abogada Diana Muñoz Castellanos
    • Columnista Abogada Beatriz Suarez Duque
    • Columnista Abogada Clara Patricia Cano
    • Columnista Abogado John Reymon Rúa Castaño
    • Columnista Abogado Keivin Cardona Theran
    • Columnista Victor David Aucenon Liberato
    • Columnista Abogado Adrián Argüelles Pertuz
    • Columnista Abogada Paola Marcela Gil Morales
    • Columnista Abogado Jorge Eduardo Fonseca Echeverri
    • Columnista Francisco Javier Castellanos Romero
    • Columnista Abogada Zinzi Melissa Cuesta Romaña
    • Columnista Ocasional Abogada Coleen Krijgsman Miranda
    • Columnista ocasional Abogado Sergio Luis Mondragón
    • Columnista Abogado César Alejandro Osorio
    • Columnista Abogada Cathalina Sánchez
    • Columnista Abogado Alejandro Sánchez
    • Columnista Abogado Fernando Soto
  • Principios y Derechos
    • Derechos Sociales, Económicos y Culturales
    • Derechos Ambientales >
      • Normas sobre medio ambiente
    • Mecanismos de defensa
    • Servicios Públicos >
      • Sobre Educación
      • Sobre Educación >
        • Marco juridico constitucional de la educación en Colombia
  • Enlaces de interés
    • Entrenamiento y Oportunidades
    • Sistema Único de Información Jurídica
    • Rama Judicial >
      • Corte Constitucional
      • Consejo de Estado
    • Senado de la República Colombia
    • Cámara de Representantes Colombia
    • Congreso Visible
    • Contraloría General de la República
    • Procuraduría Generla de la Nación
    • Súper Industria y Comercio
    • Ministerio de Educación
    • Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
    • Ministerio de MInas y Energía
    • Reforma a la Salud Colombia
  • Abogados
  • Contáctenos
  • TÉRMINOS DE USO DEL PORTAL VOZ JURÍDICA
vozjuridica.com

El enroque ¿necesario, innecesario o inoportuno?. Columna de la Abogada Gloria Yaneth Vélez Pérez. Twitter: @JuridicaAsesora

3/5/2023

0 Comentarios

 
Foto

El enroque ¿necesario, innecesario o inoportuno?. Columna de la Abogada Gloria Yaneth Vélez Pérez. Twitter: @JuridicaAsesora

A través de la Revista Semana y otros medios de comunicación,  se hizo pública la información según la cual el ciudadano Nicolás Petro, Diputado en el Departamento del Atlántico e hijo del actual Presidente de la República de Colombia, presuntamente recibió dineros ilícitos y los recibió también de forma ilícita e ilegal. Al parecer también recibió bienes con igual ilicitud e ilegalidad y ha adquirido propiedades y lujos que, por su costo, lejos está de su poder adquisitivo, según sus ingresos como servidor público que es.  Esta información la recibió el medio de comunicación mencionado de una fuente aparentemente confiable que es la excompañera sentimental de Nicolás Petro, quien, además, brindó nombres de los proveedores del dinero así como de lo que sería el quid pro quo entre ellos.
 
Sumado a lo anterior, también se hizo público que el “El nombre del hermano de Gustavo Petro ha sido mencionado en el cartel de abogados que estarían sobornando a los narcotraficantes para obtener beneficios en la política de Paz Total”, al parecer, se trata también de otro quid pro quo.
 
Lo anterior, que no deja de ser muy escandaloso por tratarse de personas muy cercanas al Presidente Gustavo Petro, causa grandes cuestionamientos políticos al Pacto Histórico, una fuerza política de izquierda que se conformó y fue apoyada para ser gobierno, bajo la creencia de que no incurrirían en las prácticas corruptas que han protagonizado otros miembros de partidos y movimientos políticos de la derecha (liberal y conservadora). Y por supuesto, que el cuestionamiento es inevitable porque tanto Nicolás Petro, como Fernando Petro, militan políticamente en el Pacto Histórico y eso hace que se enlode la credibilidad de la causa “moral” y “jurídica” que defienden de cara a cambios sociales para superar las desigualdades que aquejan al 80% de los colombianos.
 
Ahora bien, ¿Qué tanto efecto e impacto causa en el pacto histórico y en el Presidente Gustavo Petro lo que se ha desvelado en relación con Nicolás Petro y Fernando Petro? ¿Alcanza a poner en entredicho al Presidente, a vincularlo con esas malas prácticas de sus más cercanos familiares y a relacionarlo con ellas? O ¿alcanza a vincular a miembros del Pacto Histórico y del gobierno, sin que vincule o relacione por ello al Presidente?.
 
Las preguntas no tendrán, por ahora, una respuesta definitiva porque la información que se ha hecho pública y viral, si bien sugiere actos de corrupción, requerirá que pase por todo el tamiz de una investigación judicial que adelante la Fiscalía y goce de la debida contradicción de la defensa en un proceso judicial. Pero lo que sí se puede citar para llegar a unas primeras consideraciones es que: “El 2 de marzo, el presidente Gustavo Petro le pidió a la Fiscalía General de la Nación que, ante los rumores que vinculan a familiares suyos con ofrecimientos a narcotraficantes en las cárceles, investigue a su hermano, Juan Fernando Petro, y a su hijo mayor, Nicolás Gustavo Petro Burgos, para determinar las responsabilidades. Esta petición del presidente revive la polémica que durante su campaña suscitó la visita de Juan Fernando Petro a la cárcel La Picota”[1]en la que surgió lo que se nombró en su momento como un posible “perdón social”.
 
No cabe duda de que es muy valiente el prematuro comunicado público del Presidente Gustavo Petro en el que se pronunció con indignación y solicitó que su hijo y su hermano fueren investigados y que si son responsables de afectar un proceso político para lograr la paz, así como de haber incurrido en actos ilícitos e ilegales, respondan ante las autoridades. Es valiente porque no debe ser fácil para ningún Padre, Presidente o no y que no tiene la obligación jurídica de declarar en contra de sus parientes conforme lo dispone el Artículo 33 de la Constitución, pedirle a la Fiscalía que los investigue, máxime cuando puede ser llamado a dar testimonio sobre la información que conozca o le haya sido entregada. Valiente porque con ese comunicado sugiere a la opinión pública que el proyecto político que representa y lo llevó a la Presidencia y lo tiene como líder natural, goza de un significativo peso en sus prioridades e ideales. Sin embargo, con todo eso que el comunicado informa, también muestra un enroque presidencial que lleva a preguntar si ¿ese enroque era necesario o innecesario?, al menos, en un momento tan temprano de la ventilación de la información en medios. 
 
Aquellos que juegan ajedrez saben que “El enroque es un movimiento especial en el juego de ajedrez que involucra al rey y a una de las torres del jugador.1​ Es el único movimiento en el ajedrez en el que un jugador mueve dos piezas a la vez. El enroque consiste en mover el rey dos casillas hacia la torre en la primera fila del jugador, y luego mover la torre al escaque sobre que el rey ha cruzado.2​ El enroque puede hacerse si el rey y la torre involucrada nunca han sido movidos, las casillas entre el rey y la torre involucrados están desocupados, el rey no está en jaque, y ninguna de las casillas por los que el rey pasará, o quedará, esté bajo ataque. El enroque es una de las reglas del ajedrez y es técnicamente un movimiento del rey.3​. El enroque no se puede hacer siempre y puede ser corto o largo. El enroque tiene condiciones, esto es, "es permisible si y solo si se cumplen todas las siguientes condiciones (Schiller 2001:19):


  1. El rey nunca se movió.
  2. La torre a usar en el enroque nunca fue movida.
  3. El rey no está en jaque.
  4. Ninguno de los escaques por los que el rey pasará o quedará, está bajo ataque.5​
  5. Los escaques entre el rey y la torre estén desocupados.
  6. El rey no termina en jaque (válido para cualquier movimiento legal).

Las condiciones del 4 al 6 se pueden resumir con la frase nemotécnica: «Uno no puede enrocar de, a través de, o en jaque»." El enroque es una protección al Rey, pero tiene, como se vio, condiciones, entre ellas, que el rey no esté en jaque, que ninguno de los escaques por los que el rey pasará quedará bajo ataque y el rey no quedará en jaque con el enroque, porque entonces, ese enroque no tendría sentido.
 
Llevando el sentido y significado del enroque en el ajedrez, a la decisión del Presidente Gustavo Petro de emitir un comunicado público solicitando a la Fiscalía que investigue a su hijo y a su hermano antes de que se desvelara que varios de sus ministros (torres) resultaban salpicados en los presuntos actos de corrupción, se cree que ese enroque al que acudió, resultó innecesario o, al menos, inoportuno, y no le brindó la protección esperada, porque haberlo hecho de forma tan prematura, para muchos no ha significado mensaje de transparencia, sino de todo lo contrario y podría ponerlo en jaque.  

 
Referencias:

[1] https://www.infobae.com/colombia/2023/03/02/quien-es-juan-fernando-petro-y-por-que-su-hermano-pide-que-lo-investiguen/

0 Comentarios



Deja una respuesta.

    Voz Juridica.com

    ISSN 2256-5051

    Columnista On Line

    Abogada Gloria Yaneth Vélez Pérez

    Imagen
    Gloria Yaneth Vélez Pérez Abogada, Especialista en Derecho Público, Especialista en Pruebas, Especialista en Derecho Procesal Penal, Máster en Criminología y Criminalística, Magíster en Derecho Procesal Contemporáneo, Candidata a Doctora en Derecho

    Categorías

    Todo
    Derecho Constitucional
    Derecho Público
    Derecho Público
    Derechos Fundamentales
    Fuentes Del Derecho
    Proteccion Datos Personales

    Acceda a otras Columnas de la Autora

    Canal RSS

    A continuación por fechas todos los Artículos de la Abogada Gloria Yaneth Vélez Pérez

    Marzo 2023
    Febrero 2023
    Enero 2023
    Diciembre 2022
    Noviembre 2022
    Octubre 2022
    Septiembre 2022
    Agosto 2022
    Julio 2022
    Junio 2022
    Mayo 2022
    Abril 2022
    Marzo 2022
    Febrero 2022
    Enero 2022
    Diciembre 2021
    Noviembre 2021
    Octubre 2021
    Septiembre 2021
    Agosto 2021
    Julio 2021
    Junio 2021
    Mayo 2021
    Abril 2021
    Marzo 2021
    Febrero 2021
    Enero 2021
    Diciembre 2020
    Noviembre 2020
    Octubre 2020
    Septiembre 2020
    Agosto 2020
    Julio 2020
    Junio 2020
    Abril 2019
    Agosto 2016
    Diciembre 2015
    Noviembre 2014
    Octubre 2014
    Marzo 2014
    Febrero 2014
    Diciembre 2013
    Noviembre 2013
    Marzo 2013
    Octubre 2012
    Septiembre 2012
    Agosto 2012
    Junio 2012

    View my profile on LinkedIn

Información de interés

"Este es un portal de Investigación, formación e información jurídica con ISSN que incluye espacios de opinión destinados a Abogados Columnistas, Blogueros y similares. Las opiniones expresadas en sus columnas y escritos pertenecen exclusivamente a los autores que voluntariamente han querido participar remitiendo un escrito o columna al medio de formación e información jurídica Voz juridica.com y no reflejan, necesariamente,  la opinión o posición de Voz Juridica.com.

Contáctenos en: direccion@vozjuridica.com y en el teléfono: 3108371657 - Recuerde que este sitio se encuentra protegido por el derecho de propiedad intelectual - lea los términos y condiciones de uso - Copyright © Grupo de Investigación Sociojurídica GI-IURE - Webmaster: VÉLEZ PÉREZ, Gloria Yaneth