• Voz Jurídica
  • Editorial
  • Columnistas
    • Columnista Abogado Nelson Hurtado
    • Columnista Abogada Gloria Yaneth Velez Perez
    • Columnista Manuel Esteban Florez Insignares
    • Columnista Abogado Gabriel Fernando García Morales
    • Columnista Abogada Diana Muñoz Castellanos
    • Columnista Abogada Beatriz Suarez Duque
    • Columnista Abogada Clara Patricia Cano
    • Columnista Abogado John Reymon Rúa Castaño
    • Columnista Abogado Keivin Cardona Theran
    • Columnista Victor David Aucenon Liberato
    • Columnista Abogado Adrián Argüelles Pertuz
    • Columnista Abogada Paola Marcela Gil Morales
    • Columnista Abogado Jorge Eduardo Fonseca Echeverri
    • Columnista Francisco Javier Castellanos Romero
    • Columnista Abogada Zinzi Melissa Cuesta Romaña
    • Columnista Ocasional Abogada Coleen Krijgsman Miranda
    • Columnista ocasional Abogado Sergio Luis Mondragón
    • Columnista Abogado César Alejandro Osorio
    • Columnista Abogada Cathalina Sánchez
    • Columnista Abogado Alejandro Sánchez
    • Columnista Abogado Fernando Soto
  • Principios y Derechos
    • Derechos Sociales, Económicos y Culturales
    • Derechos Ambientales >
      • Normas sobre medio ambiente
    • Mecanismos de defensa
    • Servicios Públicos >
      • Sobre Educación
      • Sobre Educación >
        • Marco juridico constitucional de la educación en Colombia
  • Enlaces de interés
    • Entrenamiento y Oportunidades
    • Sistema Único de Información Jurídica
    • Rama Judicial >
      • Corte Constitucional
      • Consejo de Estado
    • Senado de la República Colombia
    • Cámara de Representantes Colombia
    • Congreso Visible
    • Contraloría General de la República
    • Procuraduría Generla de la Nación
    • Súper Industria y Comercio
    • Ministerio de Educación
    • Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
    • Ministerio de MInas y Energía
    • Reforma a la Salud Colombia
  • Abogados
  • Contáctenos
  • TÉRMINOS DE USO DEL PORTAL VOZ JURÍDICA
vozjuridica.com

El negocio. Columna del Abogado Manuel Esteban Flórez Insignares. Twitter: @ManuelE_@abogado

5/20/2023

0 Comentarios

 
Foto

El negocio. Columna del Abogado Manuel Esteban Flórez Insignares. Twitter: @ManuelE_@abogado

Bastante alharaca ha causado un pronunciamiento por parte de la Corte Constitucional con respecto a la virtualidad en los juicios penales en donde, y para aquella corporación judicial, aquellos deben ser llevados de forma presencial[1]. Esto produjo una ola de comentarios por redes sociales, y de protestas o plantones en el complejo judicial paloquemao de la ciudad de Bogotá y, hasta de comunicados a la opinión pública por parte de juzgados penales: pero, lo más llamativo de todo aquello fue el pronunciamiento por parte del presidente de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, Dr. Hugo Quintero Bernate quien, ante las protestas por parte de los litigantes en el área penal referente al susodicho fallo emanada por parte de la Corte Constitucional, y con respecto a la presencialidad en las audiencias de juicio oral (practica de pruebas), manifestó que: “Yo llamaría a los abogados que están protestando contra este tema a que piensen en la justicia, como nosotros los funcionarios tenemos que pensar, como un servicio público y no como un negocio[2]”.
 
Para el presidente de la Sala Penal los abogados que protestan, lo hacen sobre el negocio, mientras que, para los funcionarios públicos, que no están protestando, lo hacen sobre el imperativo de la justicia como servicio público.
 
Si bien es cierto he sido uno de los que considera que, una presencialidad total se torna difícil de imponer debido a los avances tecnológicos, pero, tampoco hay que imponer una virtualidad total; debe imperar un sistema mixto: virtualidad y presencialidad; pero, lo manifestado por parte del servidor público, es algo desproporcionado, ligero y peligroso, porque desconoce que, también los magistrados cuando son retirados por haber cumplido su periodo de elección (no popular), por lo general quieren ejercer su profesión, ahora sí, como abogados litigantes.
 
En noticia publicada[3] en el año 2015, se establecieron los honorarios que cobra un ex magistrado los cuales sobrepasa, y con creces, lo cobrado por cualquier abogado que nunca haya sido magistrado; los precios varían, y a manera de ilustración, ellos cobran por conceptos verbales y escritos: 25 millones de pesos. Según esto, y puede preguntarse lo siguiente: ¿Es malo que ellos cobren esa cantidad de dinero por un concepto verbal? No, no lo es, lo que resulta desproporcionado es la utilización de aquella dignidad ejercida para efectos de cobrar. Se afirma lo anterior por las palabras que manifestó la columnista, de aquella época, con respecto a esos cobros: “La investidura de magistrado no es solo una gran dignidad y un enorme orgullo para un jurista, sino el punto de partida para cobrar tarifas elevadas por sus servicios luego de que concluya su trabajo en estos altos tribunales, (…) ¿Por qué es tan apetecido ser magistrado? preguntó Darcy en su sección y luego algunas tarifas basadas en un contrato con el Estado de un exmagistrado[4]”
 
Eso es solo lo que pueden cobrar aquellos que han ocupado altos cargos en las esferas judiciales, pero, ¿dónde quedan las conexiones?
 
En sentencia SP165-2023[5], radicación 53437 del 17 de mayo de 2023, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, absuelve por el delito de tráfico de influencias al ex magistrado de la Corte Constitucional Dr. Rodrigo Escobar Gil, pero, lo que llama la atención, y refiriéndose a las conexiones, manifestó que: 
 
Sexto. La Corte no puede pasar por alto que la conducta aquí juzgada tiene unas particularidades especiales, tanto por lo ocurrido como por los personajes inmersos en los hechos. Advierte que la conducta del abogado y exmagistrado Rodrigo Escobar Gil tiene muy graves nexos con comportamientos delictivos admitidos y denunciados por el abogado Victor Pacheco Restrepo. Esa relación, si se tiene en cuenta que el acusado no ejecuto lo que le ofreció a la firma que lo contrato según los correos electrónicos que cruzo con ella, inclusive si se tratara de una hipótesis de “venta de humo”, es muestra categórica del acento antiético de la conducta que se le imputa. Tal es la diferencia entre el desvalor de intención y el desvalor de acto. El primero se queda en la idea, mientras que el segundo trasciende objetivamente, permitiendo realizar juicios de adecuación del acto a la norma penal para luego verificar la interferencia o riesgo del bien jurídico protegido. 
 
Nótese bien que, las ventas de humo que hacen los ex magistrados cuando deciden, ahora sí, a ejercer el derecho como abogados litigantes, lo hacen sobre la base de los rótulos dados por haber ocupado una alta dignidad judicial. Es decir, el negocio.
 
¿Resulta negativo aquello? No
 
Pero, lo criticable es la doble moralidad mostrada por parte del presidente de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, al afirma aquello, que hoy se critica.


Referencias:

[1] https://www.asuntoslegales.com.co/actualidad/la-corte-constitucional-decidio-acabar-la-virtualidad-en-los-juicios-de-materia-penal-3612412

[2] https://noticias.canal1.com.co/nacional/llamado-del-presidente-de-la-sala-penal-de-la-corte-suprema-a-abogados-que-protestan/

[3] https://caracol.com.co/programa/2015/03/13/6am_hoy_por_hoy/1426224240_671844.html

[4] Ibídem.

[5] MP. Dr. Luis Antonio Hernandez Barbosa.
0 Comentarios



Deja una respuesta.

    WWW.VOZJURIDICA.COM

    ISSN 2256-5051

    Columnista On Line

    Abogado Manuel Esteban Flórez Insignares

    Imagen
    Abogado, Especialista en Derecho Administrativo, Especialista en Derecho Penal y Criminología

    Archivos

    Mayo 2023
    Abril 2023
    Marzo 2023
    Febrero 2023
    Enero 2023
    Diciembre 2022
    Noviembre 2022
    Octubre 2022
    Septiembre 2022
    Agosto 2022
    Julio 2022
    Junio 2022
    Mayo 2022
    Abril 2022
    Marzo 2022
    Febrero 2022
    Enero 2022
    Diciembre 2021
    Noviembre 2021
    Octubre 2021
    Septiembre 2021
    Agosto 2021
    Julio 2021
    Junio 2021
    Mayo 2021
    Abril 2021
    Marzo 2021
    Febrero 2021
    Enero 2021
    Diciembre 2020
    Noviembre 2020

    Categorías

    Todo

    Otras columnas del autor

    Canal RSS

Información de interés

"Este es un portal de Investigación, formación e información jurídica con ISSN que incluye espacios de opinión destinados a Abogados Columnistas, Blogueros y similares. Las opiniones expresadas en sus columnas y escritos pertenecen exclusivamente a los autores que voluntariamente han querido participar remitiendo un escrito o columna al medio de formación e información jurídica Voz juridica.com y no reflejan, necesariamente,  la opinión o posición de Voz Juridica.com.

Contáctenos en: [email protected] y en el teléfono: 3108371657 - Recuerde que este sitio se encuentra protegido por el derecho de propiedad intelectual - lea los términos y condiciones de uso - Copyright © Grupo de Investigación Sociojurídica GI-IURE - Webmaster: VÉLEZ PÉREZ, Gloria Yaneth