• Voz Jurídica
  • Editorial
  • Columnistas
    • Columnista Abogado Nelson Hurtado
    • Columnista Abogada Gloria Yaneth Velez Perez
    • Columnista Manuel Esteban Florez Insignares
    • Columnista Abogado Gabriel Fernando García Morales
    • Columnista Abogada Diana Muñoz Castellanos
    • Columnista Abogada Beatriz Suarez Duque
    • Columnista Abogada Clara Patricia Cano
    • Columnista Abogado John Reymon Rúa Castaño
    • Columnista Abogado Keivin Cardona Theran
    • Columnista Victor David Aucenon Liberato
    • Columnista Abogado Adrián Argüelles Pertuz
    • Columnista Abogada Paola Marcela Gil Morales
    • Columnista Abogado Jorge Eduardo Fonseca Echeverri
    • Columnista Francisco Javier Castellanos Romero
    • Columnista Abogada Zinzi Melissa Cuesta Romaña
    • Columnista Ocasional Abogada Coleen Krijgsman Miranda
    • Columnista ocasional Abogado Sergio Luis Mondragón
    • Columnista Abogado César Alejandro Osorio
    • Columnista Abogada Cathalina Sánchez
    • Columnista Abogado Alejandro Sánchez
    • Columnista Abogado Fernando Soto
  • Principios y Derechos
    • Derechos Sociales, Económicos y Culturales
    • Derechos Ambientales >
      • Normas sobre medio ambiente
    • Mecanismos de defensa
    • Servicios Públicos >
      • Sobre Educación
      • Sobre Educación >
        • Marco juridico constitucional de la educación en Colombia
  • Enlaces de interés
    • Entrenamiento y Oportunidades
    • Sistema Único de Información Jurídica
    • Rama Judicial >
      • Corte Constitucional
      • Consejo de Estado
    • Senado de la República Colombia
    • Cámara de Representantes Colombia
    • Congreso Visible
    • Contraloría General de la República
    • Procuraduría Generla de la Nación
    • Súper Industria y Comercio
    • Ministerio de Educación
    • Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
    • Ministerio de MInas y Energía
    • Reforma a la Salud Colombia
  • Abogados
  • Contáctenos
  • TÉRMINOS DE USO DEL PORTAL VOZ JURÍDICA
vozjuridica.com

Consecuencias Jurídicas de las Fallas en la Prestación del Servicio de Salud en Colombia. Columna de Francisco Javier Castellanos Romero, Defensor de Derechos Humanos @castellanosfj

10/25/2020

6 Comentarios

 

Consecuencias Jurídicas de las Fallas en la Prestación del Servicio de Salud en Colombia 
 
Por: Francisco Javier Castellanos Romero
Defensor de Derechos Humanos

Con frecuencia escuchamos a personas inconformes con la prestación del servicio de salud. Algunas refieren demoras en la atención sanitaria y haber sufrido daños con ocasión de tales tardanzas Otras, relatan graves errores en la práctica clínica que les han traído consecuencias negativas para su integridad personal y, en los casos más graves, familiares de pacientes narran un resultado fatal: la muerte.
 
Casos como el de una paciente que acudió a consulta a un hospital público por presentar un intenso dolor  causado por un absceso dental que se complicó y requirió de procedimiento maxilofacial que, se suponía, sería eficaz para su recuperación, así que, una vez practicada la cirugía, la paciente fue enviada a casa. Sin embargo, esa misma noche presentó fiebre y escalofríos, por lo que regresó en la mañana siguiente al hospital y. al evaluarla, los médicos decidieron internarla; Durante días enteros no fue posible controlar la fiebre, la paciente empeoró y se decidió inducirla en estado de coma; Treinta y dos días después, sus familiares recibieron la noticia de su fallecimiento, presuntamente, porque la infección llegó a su cerebro. Ellos exclamaban: “¡No puede ser que se haya muerto por una infección dental mal tratada!”
 
Otros casos evidencian graves errores en la practica médica, como por ejemplo el de un paciente adulto a quien por una lesión de meniscos en su rodilla izquierda se le debía practicar una cirugía, pero, por falta de diligencia, se le operó su rodilla derecha, ocasionándole daños funcionales en detrimento de su integridad personal. O el caso de una madre gestante que acude a la clínica porque “rompió fuente” y tiene contracciones constantes, pero al ser revisada por las enfermeras de turno es regresada a casa, en al menos tres oportunidades distintas,  con el argumento de que aún no tiene la dilatación necesaria para comenzar con el trabajo de parto. Al final, cuando la gestante regresa al servicio por cuarta vez, la enfermera exclama: “alisten cesárea de urgencia”, la paciente reclama diciendo que su parto es normal y no tiene programada una cesárea,  se le practica el procedimiento, da a luz, pero infortunadamente su bebé bronco aspiró meconio, ocurriendo su deceso pocas horas después del parto.
 
No son menos frecuentes los casos en que pacientes refieren daños a su salud e integridad personal como consecuencia de malas prácticas durante cirugías estéticas en los que el común denominador es el uso de biopolímeros por parte del medico cirujano, aun a sabiendas de que son materiales no compatibles con la salud humana. Circunstancia que no solo dista de la ética medica, sino que constituye una transgresión del código penal.
 
La mala praxis o negligencia médica,  las demoras y/o negaciones injustificadas en el acceso a los servicios,  entre otras causales, constituyen fallas en la prestación del servicio de salud que pueden ser imputables al personal de salud asistencial o administrativo en su calidad de personas naturales, a las Instituciones Prestadoras de Servicios (Clínicas u Hospitales) en su calidad de personas jurídicas, e incluso al Estado cuando se trate de instituciones públicas.
 
En ese orden de ideas, los daños materiales e inmateriales causados a pacientes y/o a sus familiares con ocasión de fallas probadas en la prestación del servicio de salud, dan lugar a diversas consecuencias jurídicas que van desde las sanciones de tipo disciplinario, las multas, el pago de perjuicios,  hasta las condenas penales.
 
Un mensaje que extiendo a los lectores de esta columna es que, si han sido victimas de alguna falla en la prestación del servicio de salud en Colombia, acudan a presentar las quejas respectivas ante las autoridades que ejercen funciones de  inspección, vigilancia y control como son las Secretarias de Salud (municipales o departamentales) encargadas de supervisar la calidad de la prestación, y la Superintendencia Nacional de Salud, encargada de la protección de los derechos de los usuarios del sistema de salud. También, cuando se considere que se ha presentado mala praxis o negligencia médica, se puede acudir ante los Tribunales de Ética Médica creados mediante la Ley 23 de 1981 y que conocen de los casos en que los médicos cometan faltas éticas en el ejercicio de la profesión; O, de ser el caso, ante el Tribunal Nacional Ético de Enfermería creado por la Ley 911 de 2014 y que es la autoridad para conocer los procesos disciplinarios, ético profesionales que se presenten en la práctica de la profesión de enfermería en Colombia.
 
Así como es posible, acudir a acciones de tipo administrativo y disciplinario, también se pueden promover acciones ante los jueces civiles en aras de obtener la respectiva reparación de los perjuicios causados por las fallas en la prestación y/o ante los jueces administrativos cuando éstas sean imputables a instituciones públicas. Además, de estar frente a la comisión de alguna conducta punible como por ejemplo lesiones personales u homicidio, debe acudirse ante la Fiscalía General d la Nación para que se inicien las investigaciones pertinentes.
 
Todas las acciones anteriores permitirán determinar las consecuencias jurídicas derivadas de las fallas en la prestación del servicio de salud en Colombia.

 
 
 
FRANCISCO JAVIER CASTELLANOS ROMERO
DEFENSOR DE DERECHOS HUMANOS
DIRECTOR DE LA ORGANIZACIÓN DEFENSA DEL PACIENTE
COORDINADOR DE DERECHOS HUMANOS EN TUPENSION.CO
MIEMBRO DEL COLECTIVO SALUD, DERECHO Y POLITICAS PUBLICAS
 
Correo electrónico: [email protected]   
 
Celular: 312 592 1361
 
Twitter: @castellanosfj
 
www.defensadelpaciente.net

6 Comentarios
Gema Angela Patricia Lara páez
10/25/2020 08:30:25

Totalmente deacuerdo en Colombia lasnpracticas medicas son muy frecuentes y aun que uno se queje en la mayoria de los casos queda como si no hubiese ocurrido nada
La negligencia medica y del personal de salud es constante abusan del paciente y aqui nadie dice nada
Solo reina la ley del silencio y la ley del tapar procedimientos y practicas mal hechas

Responder
Lilia Roa
10/25/2020 08:42:34

Excelente la publicación, sobretodo la orientación que ofreces. Muchas gracias.

Responder
Kimberly Echeverría velasco
10/25/2020 08:58:43

Lo felicito por su excelente trabajo y orientación ❣️❣️❣️Dios lo bendiga

Responder
Sabrina Cadavid link
10/25/2020 10:06:35

Agradezco mucho su defensoría a nosotros los pacientes que tanta falta nos hace, para que a través de usted, podamos tener soluciones a nuestras quejas,pues para quejarse hay que dejar el miedo y proceder, pues la mayoría de colombianos han perdido la confianza en sus eps, por estos casos que usted acaba de mencionar, confío y le doy gracias a usted por estar al frente de este continuo flagelo de la salud en Colombia, muchas gracias.

Responder
Raul Franco link
10/25/2020 12:47:36

Muy buena la columna y la información pero se queda corto faltó los paseos de la muerte también a los que somos sometidos muchos pacientes y por no poder escoger libremente la ips.y el especialista a gusto de el paciente o su familia.
Por las prácticas monopolisticas de las eps que obligan a consultar sólo con la red contratadas por esas.y su círculo como yo lo llamo
CÍRCULO DE MUERTE.

Responder
Paola espinoza link
10/25/2020 13:58:43

Lo felicito sr Francisco ud siempre dispuesto por los pacientes y alzando la voz y sernos visibles.. Que Dios lo bendiga ..saludos desde Perú💥💥💪

Responder



Deja una respuesta.

    ISSN 2256-5051


    Columnista On Line

    Francisco Javier Castellanos Romero
    Defensor de Derechos Humanos

    Imagen
    FRANCISCO JAVIER CASTELLANOS ROMERO DEFENSOR DE DERECHOS HUMANOS DIRECTOR DE LA ORGANIZACIÓN DEFENSA DEL PACIENTE COORDINADOR DE DERECHOS HUMANOS EN TUPENSION.CO MIEMBRO DEL COLECTIVO SALUD, DERECHO Y POLITICAS PUBLICAS Correo electrónico: [email protected] Celular: 312 592 1361 Twitter: @castellanosfj www.defensadelpaciente.net

    A continuación acceda, por fechas a otras columnas de Francisco Javier Castellanos Romero

    Noviembre 2022
    Octubre 2020

    Categorías

    Todo

    Canal RSS

Información de interés

"Este es un portal de Investigación, formación e información jurídica con ISSN que incluye espacios de opinión destinados a Abogados Columnistas, Blogueros y similares. Las opiniones expresadas en sus columnas y escritos pertenecen exclusivamente a los autores que voluntariamente han querido participar remitiendo un escrito o columna al medio de formación e información jurídica Voz juridica.com y no reflejan, necesariamente,  la opinión o posición de Voz Juridica.com.

Contáctenos en: [email protected] y en el teléfono: 3108371657 - Recuerde que este sitio se encuentra protegido por el derecho de propiedad intelectual - lea los términos y condiciones de uso - Copyright © Grupo de Investigación Sociojurídica GI-IURE - Webmaster: VÉLEZ PÉREZ, Gloria Yaneth