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VOZ JURÍDICA ISSN 2256-5051![]() VOZ JURIDICA.COM con ISSN, es un medio de formación, información, análisis y divulgación jurídica, creado por el Grupo de Investigación Sociojurídica GI-IURE, avalado por la Corporación Alianza Global, para propiciar entre la comunidad académica y científica, así como en toda la sociedad, el Estado y el sector productivo y empresarial, en un contexto nacional e internacional, el aprendizaje, la reflexión, el análisis, la discusión, el debate, la participación, la interacción y las acciones afirmativas y propositivas en torno a lo que significa un Estado social, constitucional y democrático de derecho. Cuente con nosotros.
La Directora es Gloria Vélez, Abogada, Especializada en Derecho Probatorio, Especializada en Derecho Público, Candidata a Magister en Derecho Procesal, Candidata a Doctora en Derecho en la Universidad Externado de Colombia, Conciliadora en Derecho, Directora del Grupo de Investigación Sociojurídica GI-IURE y de VOZ JURIDICA.COM. Nuestros análisis son en derecho, no damos opiniones políticas ni de otra índole. Uno de los objetivos de este medio es formar a todas las personas en el campo del derecho y contribuir a la creación de una cultura jurídica en Colombia y el mundo, para ello contamos con formación jurídica de alto nivel, con el fin de garantizar que la información y análisis que brindamos esté acorde con el derecho contemporáneo garante de los fines del Estado, los derechos humanos y los servicios públicos. Nuestro compromiso es con la edificación del ESTADO SOCIAL, CONSTITUCIONAL Y DEMOCRÁTICO DE DERECHO como un patrimonio de la humanidad. Conozca la Constitución Política de Colombia de 1991, cada semana publicaremos una norma nuevaARTICULO 1. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.
ARTICULO 2. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo. Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares. ARTICULO 3. La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes, en los términos que la Constitución establece. |
De actualidad e interés generalEl 4 de julio de 2012 Colombia cumplió 21 años de haberse convertido en Estado social de derecho con la expedición de la Constitución Política de 1991La especial condición de Colombia como Estado social de Derecho lo convierte en un Estado garantista en el que priman los derechos humanos y los servicios públicos y las autoridades públicas están instituidas para hacerlos efectivos.
Novedades Contraloría![]() Contraloría General de la República La Contraloría General de la República solicito al Procurador General de la Nación, investigar las presuntas faltas disciplinarias en que pudo incurrir el director del INVIAS, Carlos Arturo Rosado Zuñiga, por alterar la verdad procesal con un boletín de prensa de la entidad a su cargo.
Acceda a más noticias Novedades Procuraduría![]() La Procuraduría General de la Nación Confirmó destitución a exalcalde de Chita (Boyacá)
Procuraduría General de la Nación confirmó sanción de destitución e inhabilidad general por 10 años a concejal del municipio de Santiago (Putumayo) Formuló Pliego de cargos contra exalcalde de Jamundí (Valle del Cauca) señor Jorge Eliécer Aragón Mafla, porque no habría dado respuesta oportuna a un derecho de petición. Procuraduría también formuló pliego de cargos contra el Exalcalde de Palmira (Valle del Cauca), señor Raúl Alfredo Arboleda Márquez, por hechos relacionados con la supresión de la planta de personal de ese municipio y la adopción de una nueva estructura organizacional mediante la cual dejó a cinco agentes de tránsito fuera de la nómina, a quienes al parecer no reintegró.{+} Encuentre más noticias Aprendiendo sobre los poderes públicos en Colombia y otros órganos según la Constitución PolíticaARTICULO 113. Son Ramas del Poder Público, la legislativa, la ejecutiva, y la judicial. Además de los órganos que las integran existen otros, autónomos e independientes, para el cumplimiento de las demás funciones del Estado. Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines.
ARTICULO 114. Corresponde al Congreso de la República reformar la Constitución, hacer las leyes y ejercer control político sobre el gobierno y la administración. El Congreso de la República, estará integrado por el Senado y la Cámara de Representantes. ARTICULO 115. El Presidente de la República es Jefe del Estado, Jefe del Gobierno y suprema autoridad administrativa. El Gobierno Nacional está formado por el Presidente de la República, los ministros del despacho y los directores de departamentos administrativos. El Presidente y el Ministro o Director de Departamento correspondientes, en cada negocio particular, constituyen el Gobierno. Ningún acto del Presidente, excepto el de nombramiento y remoción de Ministros y Directores de Departamentos Administrativos y aquellos expedidos en su calidad de Jefe del Estado y de suprema autoridad administrativa, tendrá valor ni fuerza alguna mientras no sea suscrito y comunicado por el Ministro del ramo respectivo o por el Director del Departamento Administrativo correspondiente, quienes, por el mismo hecho, se hacen responsables. Las gobernaciones y las alcaldías, así como las superintendecias, los establecimientos públicos y las empresas industriales o comerciales del Estado, forman parte de la Rama Ejecutiva. ARTICULO 116. Modificado por el Acto Legislativo 03 de 2002, artículo 1º. La Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalía General de la Nación, los Tribunales y los Jueces, administran Justicia. También lo hace la Justicia Penal Militar. |
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- Constitución Política de Colombia de 1991
- Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Decreto Ley 19 de 2012 - Antitrámites - Leyes que entraron en vigencia durante el primer semestre del año 2012 Actualidad electoral en ColombiaEl Tribunal Contencioso Administrativo del Departamento de Caldas, declaró, en primera instancia, la nulidad de la elección del Abogado Guido Echeverry Piedrahíta como Gobernador del Departamento de Caldas, quien manifestó a los medios que apelará la decisión ante el Consejo de Estado. Las razones que motivaron la demanda, son la presunta inhabilidad del mandatario con ocasión de que su esposa laboraba con el Departamento de Caldas en el área de Hacieda Pública. El Abogado Guido Echeverry, antes de aspirar a la Gobernación del Departamento se desempeñaba como Rector de la Universidad Manuela Beltran.
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Con los Juristas y neoconstitucionalistas: El Alemán Robert Alexy y el Colombiano Carlos Bernal Pulido en evento en la Universidad Externado de Colombia
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